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Resolución de 2 de diciembre de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el procedimiento ordinario número 570/2004, interpuesto por doña María Teresa San Juan Sanz, sobre consolidación de empleo para acceso a plazas de Facultativo Especialista en Pediatría, Puericultura de Área y en Equipos de Atención Primaria.

BOE-A-2005-58·1 de enero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica, dependiente de alguna entidad pública española (no especificada en el texto, pero presumiblemente relacionada con la administración sanitaria). Su objeto principal es emplazar (notificar formalmente) a terceros interesados en un procedimiento judicial contencioso-administrativo en curso. A quién afecta: La resolución afecta a todas aquellas personas físicas o jurídicas que tengan un interés legítimo en que se mantenga la validez de la resolución administrativa impugnada en el procedimiento judicial. En concreto, se refiere a aquellos que se vieron beneficiados por las calificaciones definitivas del proceso extraordinario de consolidación de empleo para plazas de Facultativo Especialista en Pediatría, Puericultura de Área y en Equipos de Atención Primaria. Es decir, afecta a aquellos que obtuvieron una buena calificación en dicho proceso y que podrían ver sus derechos afectados si la demanda de la Sra. San Juan Sanz prospera. Disposiciones más relevantes: Identificación del procedimiento judicial: Se informa de la existencia del Procedimiento Ordinario nº 570/2004, tramitado ante la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional. Identificación de la demandante: La demandante es Doña María Teresa San Juan Sanz. Acto administrativo impugnado: Se impugna la Resolución de 7 de septiembre de 2004, que a su vez desestimó el recurso de reposición contra la Resolución de 16 de febrero de 2004, que publicó las calificaciones definitivas del proceso de consolidación de empleo. Emplazamiento a terceros interesados: Se emplaza a aquellos con un interés legítimo a comparecer y personarse como demandados en el procedimiento judicial, en un plazo de nueve días a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La comparecencia debe realizarse según lo establecido en la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Base legal:** La resolución se basa en el artículo 49 de la Ley 29/1998, que regula el emplazamiento de terceros interesados en procedimientos contencioso-administrativos. En resumen, la resolución es una notificación formal a terceros potencialmente afectados por un litigio en curso, dándoles la oportunidad de defender sus intereses en el proceso judicial.

De conformidad con lo establecido en el art. 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, se participa que ante la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional se tramita el Procedimiento Ordinario nº. 570/2004, promovido por doña María Teresa San Juan Sanz, contra Resolución de 7 de septiembre de 2004, desestimatoria del recurso de reposición formulado frente a la de 16 de febrero de 2004, por la que se dispone la publicación de las calificaciones definitivas otorgadas por el Tribunal en la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Facultativo Especialista en Pediatría, Puericultura de Área y en Equipos de Atención Primaria, convocado por Orden de 4 de diciembre de 2001.

Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como demandados, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en la forma establecida en la repetida Ley. -El Secretario General Técnico, José Ignacio Vega Labella.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.