Se ha advertido en la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios del combustible gas natural del año 2023 a aplicar en la liquidación de dicho ejercicio de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 8 de julio de 2024 y número 164, un error material aritmético en el precio de la materia prima a partir de los datos publicados en el Mercado Ibérico del Gas (MIBGAS).
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 84845, donde dice:
«Ene-23: 59,266.
Feb-23: 52,269.
Mar-23: 43,549.
Abr-23: 37,821.
May-23: 28,705.»
Debe decir:
«Ene-23: 58,990.
Feb-23: 52,161.
Mar-23: 43,376.
Abr-23: 37,513.
May-23: 28,463.»
En la página 84846, donde dice:
«Jun-23: 30,667.
Jul-23: 30,262.
Ago-23: 33,605.
Sep-23: 36,628.
Oct-23: 42,814.
Nov-23: 38,514.
Dic-23: 34,505.»
Debe decir:
«Jun-23: 30,690.
Jul-23: 30,257.
Ago-23: 33,640.
Sep-23: 36,476.
Oct-23: 42,629.
Nov-23: 38,437.
Dic-23: 34,308.»
Y en la tabla incluida en el resuelve «Primero», donde dice:
Debe decir:
Madrid, 19 de julio de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.