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Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2025-26132·20 de diciembre de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución emitida el 19 de diciembre de 2025 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en las expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio en España. La resolución afecta principalmente a: Fabricantes e importadores de tabaco: Ya que los precios publicados son los que ellos han propuesto. Expendedurías de tabaco y timbre: Que deben vender los productos a los precios fijados. Consumidores de tabaco: Que son quienes finalmente pagan los precios establecidos. Las disposiciones más relevantes de la resolución son: Fijación de precios: Se establecen los PVP, incluyendo todos los impuestos aplicables, para una lista específica de labores de tabaco. Ámbito geográfico: Se distinguen dos listas de precios: una para la península e Islas Baleares y otra para Ceuta y Melilla, reconociendo las diferencias fiscales y de mercado entre estas regiones. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Base legal:** La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, lo que le confiere validez legal. En resumen, la resolución actualiza los precios del tabaco en España, asegurando la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente en el mercado de tabacos.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de diciembre de 2025.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.