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Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General de Tráfico, por la que se corrigen errores en la de 20 de enero de 2025, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2025.

BOE-A-2025-3559·22 de febrero de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Tráfico (DGT) de fecha 18 de febrero de 2025, que tiene como objeto principal la corrección de un error detectado en la Resolución de la misma DGT de fecha 20 de enero de 2025, la cual establecía las medidas especiales de regulación del tráfico para el año 2025. La resolución afecta a todos los usuarios de las carreteras españolas, especialmente a aquellos que circulen por Asturias durante el mes de abril de 2025. La disposición más relevante es la corrección de la fecha en la tabla del Anexo VIII de la resolución original (20 de enero de 2025), específicamente en la fila correspondiente a Asturias y la columna "Días/Periodo". El error consistía en indicar "26 al 30 de abril" como el periodo afectado por medidas excepcionales de circulación. La corrección establece que el periodo correcto es "12 al 30 de abril". En resumen, la resolución del 18 de febrero de 2025 es una fe de erratas que modifica un detalle crucial en la regulación del tráfico en Asturias durante el mes de abril de 2025, ampliando el periodo de aplicación de las medidas especiales de circulación. Esta corrección es fundamental para que los usuarios de la vía pública estén informados correctamente sobre las restricciones de tráfico vigentes.

Advertidos errores en el texto remitido para la publicación de la Resolución de esta Dirección General de 20 de enero de 2025, insertada en el «Boletín Oficial del Estado» número 22 del sábado 25 de enero, a continuación, se transcriben las oportunas rectificaciones:

En la página 10920, tabla del Anexo VIII, Carreteras con medidas excepcionales de circulación por elevada concentración de vehículos en determinados lugares de especial protección, acontecimientos deportivos y otros eventos (apartado D.1.2 de la resolución):

– En la fila correspondiente a Asturias y columna «Días/Periodo», la fecha donde dice: «26 al 30 de abril», debe decir: «12 al 30 de abril».

Madrid, 18 de febrero de 2025.–El Director General de Tráfico, Pere Navarro Olivella.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.