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Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2018 del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

BOE-A-2019-3098·4 de marzo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que aprueba y publica las tablas salariales para el año 2018 del Convenio Colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional. Objeto principal: El objeto principal es oficializar y hacer públicas las tablas salariales revisadas para el año 2018, resultado de la negociación entre la Dirección del Patrimonio Nacional y los sindicatos UGT, CGT, CSIF, USO y CC.OO. Estas tablas reflejan el incremento salarial autorizado por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, conforme a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018. A quién afecta: Afecta directamente a todo el personal laboral que está bajo el Convenio Colectivo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional. Esto incluye a todos los trabajadores que se rigen por dicho convenio en lo que respecta a sus salarios y complementos. Disposiciones más relevantes: Aprobación y Publicación: La Dirección General de Trabajo ordena la inscripción de las tablas salariales en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Acuerdo de Revisión Salarial: Se incluye el acta del acuerdo alcanzado el 28 de noviembre de 2018 entre la Dirección del Patrimonio Nacional y los sindicatos, donde se da conformidad a la distribución de la masa salarial autorizada. Autorización de Trámites: Se autoriza a una persona específica para realizar los trámites electrónicos necesarios ante la Dirección General de Trabajo para la inscripción y depósito de la revisión salarial. Tablas Salariales: Se adjuntan las tablas salariales propiamente dichas, que detallan los complementos salariales por puesto de trabajo, por cantidad o calidad del trabajo, las percepciones no salariales y el complemento de quebranto de moneda. Estas tablas son el resultado del acuerdo y reflejan los salarios actualizados para el año 2018.

Vistas las tablas salariales para el año 2018 del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (Código de convenio nº: 90003962011984), publicado en el «BOE» de 23-12-2013, tablas que fueron suscritas, con fecha 28 de noviembre de 2018, de una parte por los designados por la Dirección de Patrimonio Nacional, en representación del mismo, y de otra por los sindicatos UGT, CGT, CSIF, USO y CC.OO., en representación del colectivo laboral afectado, con las que se acompaña informe favorable emitido por la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de febrero de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE ACUERDO SOBRE LA REVISIÓN SALARIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2018 PARA EL PERSONAL LABORAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO NACIONAL

En Madrid, a las 10:45 horas del día 28 de noviembre de 2018, en el marco de la reunión de la Mesa Negociadora de Retribuciones para la revisión salarial de 2018 que se celebra entre la Administración y los Sindicatos UGT, CGT, CSIF, USO y CC.OO, se llega a un acuerdo entre la Dirección de Patrimonio Nacional y los sindicatos UGT, CSIF, USO, CGT Y CC.OO, que representan a la totalidad de los trabajadores en la Comisión Negociadora, para la distribución del incremento de la masa salarial autorizada para el año 2018 por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.

En consecuencia, ambas partes,

ACUERDAN

Primero.

Dar conformidad a las tablas salariales que recogen la distribución de Masa Salarial autorizada por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas en noviembre de 2018, con el incremento establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, y que una vez firmadas se incorporan al presente acta.

Segundo.

Remitir el acta con sus anexos, para su autorización, a los órganos competentes de la Administración General del Estado.

Tercero.

Autorizar expresamente a D. Jesús Sanguino Quiroga, para que, en nombre y por Delegación de la Comisión Negociadora de Retribuciones del Convenio Colectivo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, de la que forma parte, proceda a realizar por medios electrónicos la tramitación necesaria ante la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social para solicitar la inscripción y depósito de la revisión salarial del personal laboral del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional correspondiente al ejercicio 2018, suscrito por la Comisión Negociadora de Retribuciones el 28 de noviembre de 2018.

Se levanta la sesión a las 12:30 horas, dando fe de lo tratado con sus firmas los representantes de cada una de las partes negociadoras.

Por el Patrimonio Nacional, Elvira Ramírez de Prado y Jesús Sanguino Quiroga.–Por la Representación de los Trabajadores,UGT, CGT, CSIF, CC.OO. y USO.

Tablas salariales año 2018

Complementos salariales: Puesto de trabajo

D) Complementos salariales

Complementos salariales por cantidad o calidad del trabajo

Percepciones no salariales

G) A) Complemento de quebranto de moneda

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.