resolucionVigente

Resolución de 18 de enero de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo nº 1/78/2009, promovido por la Federación Española de Asociaciones de Agencias de Viajes contra el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

BOE-A-2010-2067·8 de febrero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Sanidad y Política Social. Su objeto principal es emplazar a terceros interesados en el recurso contencioso-administrativo nº 1/78/2009, presentado por la Federación Española de Asociaciones de Agencias de Viajes (FEAAV) contra el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. La resolución afecta a todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en que el Real Decreto Legislativo 1/2007 permanezca vigente, es decir, que se opongan a la demanda de la FEAAV. Estas personas, si desean defender sus intereses en el proceso judicial, deben comparecer y personarse como codemandadas en el procedimiento. Las disposiciones más relevantes de la resolución son: Emplazamiento: Se notifica la existencia del recurso contencioso-administrativo y se invita a los interesados a personarse en el proceso. Plazo: Se establece un plazo de nueve días, a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para que los interesados se personen como codemandados. Fundamento legal: Se basa en el artículo 49 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que establece el procedimiento para emplazar a terceros interesados en un recurso. Tribunal: Se indica que el recurso se tramita ante la Sección Cuarta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. En resumen, la resolución busca garantizar que todas las partes con un interés legítimo en la defensa del Real Decreto Legislativo 1/2007 tengan la oportunidad de participar en el proceso judicial iniciado por la FEAAV.

De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativa, se participa que ante la Sección Cuarta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se tramita el recurso contencioso-administrativo número 1/78/2009, promovido por la Federación Española de Asociaciones de Agencias de Viajes contra el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como codemandadas, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en la forma establecida en la repetida Ley.

Madrid, 18 de enero de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad y Política Social, Luis Pedro Villameriel Presencio.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.