resolucionVigente

Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Sobrado, para la financiación, ejecución y entrega, para su mantenimiento y conservación, de las obras del proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, término municipal de Sobrado (León).

BOE-A-2020-666·16 de enero de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS) que publica una Adenda modificativa de un convenio previo entre la CHMS y el Ayuntamiento de Sobrado (León). El objeto principal de la Adenda es modificar el convenio original, que trataba sobre la financiación, ejecución y posterior entrega al Ayuntamiento para su mantenimiento y conservación, de las obras del proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera. Específicamente, la adenda extiende la vigencia del convenio y modifica las anualidades y las aportaciones económicas de la CHMS para la ejecución del proyecto. Esta resolución afecta directamente a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y al Ayuntamiento de Sobrado, ya que son las partes firmantes del convenio y la adenda. También afecta indirectamente a los residentes de Friera y del municipio de Sobrado, ya que son los beneficiarios de las obras de acondicionamiento del río Selmo. Las disposiciones más relevantes de la Adenda son: Extensión de la vigencia: Se prorroga la vigencia del convenio hasta el 31 de diciembre de 2022, con la posibilidad de una prórroga adicional si las obras no se han completado para esa fecha. Modificación de las anualidades y aportaciones: Se reajustan las anualidades en las que se presupuesta la actuación (2018, 2019, 2020 y 2021) y se establecen los importes correspondientes a cada una de ellas. Se especifica que esta modificación no altera el importe total de la financiación ni el alcance del proyecto. Entrada en vigor:** La adenda entra en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. En resumen, la Adenda busca asegurar la correcta ejecución del proyecto de acondicionamiento del río Selmo, adaptando el calendario de financiación a las necesidades reales de la obra.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la Adenda modificativa del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para mantenimiento y conservación de las obras del proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, T.M. de Sobrado (León), otorgada el 29 de noviembre de 2019, que se anexa a esta Resolución.

Ourense, 18 de diciembre de 2019.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO

Adenda modificativa del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega, para su mantenimiento y conservación, de las obras del proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, T.M. de Sobrado (León)

En Ourense, a 29 de noviembre de 2019.

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica, nombrado por Resolución de la Subsecretaría para la Transición Ecológica, de fecha 31 de julio de 2018, por delegación del Secretario de Estado de Medio Ambiente (Orden APM/484/2018 de 8 de mayo, BOE del 11), en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, don Antonio Moldes Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Sobrado, nombrado en Pleno de 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por las leyes 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 28 de diciembre de 2018 (BOE núm. 44, de 20 de febrero de 2019), se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el ayuntamiento de Sobrado para la financiación, ejecución y entrega para su mantenimiento y conservación de las obras del «Proyecto de acondicionamiento de márgenes del río Selmo en la localidad de Friera, T.M. de Sobrado (León)».

II. Que en el citado convenio se preveía su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 y se estimaba que la ejecución de las actuaciones se desarrollaría durante las anualidades 2018 y 2019.

III. Que conforme a lo establecido en el apartado primero de la Cláusula quinta del Convenio, las anualidades inicialmente establecidas podrán modificarse siempre que sea necesario acomodar la financiación a la ejecución de las actuaciones objeto del Convenio.

IV. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda del referenciado convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

V. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del Convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar las aportaciones económicas, para la buena marcha y ejecución del Convenio.

VI. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del apartado primero de la cláusula segunda.

Se modifica el segundo párrafo del apartado primero de la cláusula segunda, que queda redactado del siguiente modo:

Su vigencia concluirá el 31 de diciembre de 2022. No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se ha procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula quinta, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga hasta el período máximo restante previsto legalmente.

Segunda. Modificación de la cláusula quinta anualidades y aportaciones.

Se modifica la cláusula quinta que queda redactada del siguiente modo:

La actuación objeto del presente Convenio se presupuesta en las anualidades 2018, 2019, 2020 y 2021.

A la vista de lo anterior, las aportaciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., quedan establecidas en los siguientes importes:

Tercera. Entrada en vigor.

La presente adenda modificativa resultará eficaz tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado, previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y del apartado 2 de la Disposición adicional séptima de la citada Ley.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman por triplicado el presente documento en el lugar y la fecha arriba indicados.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Sobrado, Antonio Moldes Rodríguez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.