Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo nacional del sector de harinas panificables y sémolas (código de Convenio número 99002455011981), que fue suscrito con fecha 4 de junio de 2012, de una parte, por la Asociación de Fabricantes de Harinas y Sémolas de España, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de julio de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
TABLA A
Del Convenio colectivo de ámbito nacional de la industria harinera y semolera vigente desde el 1 de enero a 31 de diciembre de 2011
El Chófer tendrá un plus de 4,90 euros por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
TABLA B
Del Convenio colectivo de ámbito nacional de la industria harinera y semolera vigente desde el 1 de enero a 31 de diciembre de 2011
El Chófer tendrá un plus de 5,67 euros por cada día que colabore en la descarga, sea cual fuere el número de bultos y viajes que realice.
Categoría
Salario base mensual
–
Euros
Plus Convenio mensual
–
Euros
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
946,41
108,42
Maestro Molinero
870,17
107,72
Técnico de Laboratorio
870,17
107,72
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
870,17
107,72
Jefe de Contabilidad
870,17
107,72
Oficial Administrativo
822,89
107,26
Viajantes, Vendedores y Compradores
822,89
107,26
Auxiliar Administrativo
775,52
106,81
Auxiliar Laboratorio
775,52
106,81
Categoría
Salario base diario
–
Euros
Plus Convenio mensual
–
Euros
Personal obrero cualificado:
Encargado de Almacén y Segundo Molinero
26,53
106,96
Chófer, Mecánico y Electricista
26,34
106,92
Limpiero, Carpintero y Albañil
26,16
106,91
Personal obrero no cualificado:
Empacador y Mozo de Almacén
25,88
106,81
Personal Subalterno:
Guardas y Serenos
22,91
106,00
Personal Limpieza
22,91
106,00
Categoría
Salario base mensual
–
Euros
Plus Convenio mensual
–
Euros
Jefe Técnico:
Jefe Técnico Molinero
1.093,45
125,27
Maestro Molinero
1.005,36
124,45
Técnico de Laboratorio
1.005,36
124,45
Jefe Administrativo:
Jefe de Oficina
1.005,36
124,45
Jefe de Contabilidad
1.005,36
124,45
Oficial Administrativo
950,73
123,94
Viajantes, Vendedores y Compradores
950,73
123,94
Auxiliar Administrativo
896,00
123,39
Auxiliar de Laboratorio
896,00
123,39
Categoría
Salario base diario
–
Euros
Plus Convenio mensual
–
Euros
Personal obrero cualificado:
Encargado de Almacén y Segundo Molinero
30,65
123,59
Chofer, Mecánico y Electricista
30,41
123,54
Limpiero, Carpintero y Albañil
30,23
123,52
Personal obrero no cualificado:
Empacador y Mozo de Almacén
29,92
123,39
Personal Subalterno:
Guardas y Serenos
26,48
122,46
Personal de Limpieza
26,48
122,46