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Resolución de 17 de agosto de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 22 de junio de 2010, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas.

BOE-A-2010-13333·21 de agosto de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Trabajo que tiene como objeto principal la corrección de un error detectado en el Convenio Colectivo Nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas, previamente registrado y publicado el 22 de junio de 2010. La resolución afecta directamente a los trabajadores y empleadores incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas. En particular, afecta al personal de limpieza que trabaja por horas. La disposición más relevante de esta resolución es la rectificación de las tablas salariales correspondientes al periodo del 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2010. Específicamente, se corrige la omisión de la cuantía a percibir por el personal de limpieza (por horas), estableciéndose que el valor correcto es de 4,97 euros/hora. La resolución busca asegurar la correcta aplicación del convenio colectivo y garantizar la transparencia en las condiciones salariales del sector.

Advertido error por omisión en el texto del Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 22 de junio de 2010, en el «BOE» número 162, de 5 de julio de 2010.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación del citado error.

En la página 59346, en las tablas salariales correspondientes a 1 de enero de 2010 a 31 de diciembre de 2010, en Personal de Limpieza (por horas) se ha omitido la cuantía a percibir en el cálculo de la hora diaria siendo la cuantía a consignar la de 4,97 euros/hora.

Madrid, 17 de agosto de 2010.–El Director General de Trabajo, por sustitución (Real Decreto 1129/2008, de 4 de julio), el Subdirector General de Ordenación Normativa, Rafael García Matos.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.