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Resolución de 16 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

BOE-A-2020-11810·5 de octubre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General de Coordinación Territorial que publica un Acuerdo alcanzado por la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía. El objeto principal del Acuerdo es iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales surgidas en relación con la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, que establece medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Este acuerdo afecta directamente a la Administración General del Estado y a la Comunidad Autónoma de Andalucía, al establecer un marco para la resolución de conflictos competenciales entre ambas. Indirectamente, afecta a los ciudadanos y entidades que se puedan ver afectados por la aplicación de la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto-ley 11/2020 en el territorio andaluz. Las disposiciones más relevantes del acuerdo son: El inicio formal de negociaciones para resolver las discrepancias competenciales sobre la Disposición Adicional Séptima del Real Decreto-ley 11/2020. La designación de un grupo de trabajo específico encargado de proponer una solución a la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias. La comunicación del Acuerdo al Tribunal Constitucional, cumpliendo con lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, lo que implica la suspensión de los plazos procesales en caso de que exista un recurso de inconstitucionalidad pendiente. La publicación del Acuerdo tanto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), garantizando su publicidad y conocimiento general.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 16 de septiembre de 2020.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam Álvarez Páez.

ANEXO

Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas respecto a la Disposición adicional séptima del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias la solución que proceda.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.