resolucionVigente

Resolución de 16 de octubre de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2020-12462·17 de octubre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida el 16 de octubre de 2020 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los nuevos precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio en España. La resolución afecta directamente a: Fabricantes e importadores de tabaco: Ya que los precios publicados son los que ellos han propuesto. Expendedurías de Tabaco y Timbre: Quienes deben vender los productos a los precios fijados. Consumidores de tabaco: Quienes pagarán los precios actualizados. Las disposiciones más relevantes son: Fijación de precios: Se establecen los precios de venta al público, incluyendo todos los impuestos aplicables, para una lista específica de labores de tabaco. Ámbito geográfico: Se especifican precios distintos para la Península e Islas Baleares, y para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, reflejando las diferencias fiscales y de mercado. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Fundamento legal:** La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, que regula el mercado de tabacos y la normativa tributaria relacionada. Esto asegura que la fijación de precios se realiza dentro del marco legal establecido.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de octubre de 2020.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.