Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo Estatal para las Industrias del Calzado (publicado en el B.O.E. de 7.10.05), (Código de Convenio n.º 9900805), que fue suscrito con fecha 16 de febrero de 2006, por la Comisión Paritaria del Convenio en la que están integradas las organizaciones empresariales Federación de Industrias del Calzado Español (FICE) y la Asociación de Empresas Componentes del Calzado (AEC), y las sindicales FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT, firmantes del Convenio en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria del Convenio.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 16 de marzo de 2006.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL CALZADO
En Almansa (Albacete), siendo las 11,00 horas del día 16 de febrero de 2006, se reúne la Comisión paritaria del Convenio Estatal para las industrias del Calzado, (código de convenio n.º 9900805), con la asistencia de los representantes de las Centrales Sindicales CC.OO.-FITEQA, UGT-FIA y de la Patronal FICE y AEC.
FITEQA-CC.OO.: José Torregrosa Botella.
Francisco Fernández Villodres. Carmen Expósito Robles.
FIA-UGT:
Juan Antonio Maciá Torregrosa.
Aurelio Lajarín Rebagliato. José Mesa Ortega.
FICE-AEC:
Pedro Méndez Reyes.
Joaquín Marco Amorós. Pablo Seguí Pons. Juan Lopez Gómez. Rafael Cañada López.
Orden del día:
1. Revisión salarial 2005 y Tabla salarial 2006.-De conformidad con el art. 34 apartado 2.1 se procede a la revisión de la Tabla salarial del primer año de convenio, a partir del IPC real de 2005 que ha sido del 3,7%; adjuntándose al acta, como anexo 1.
Asimismo, y de conformidad con el apartado 3 del mismo artículo, se procede al cálculo de la Tabla salarial del segundo año, a partir del salario anterior revisado y de la previsión oficial de inflación del 2%, más el 0,25; adjuntándose al acta, como anexo 2. 2. Envío para su Registro y publicación en el BOE.-Finalmente, la Comisión acuerda remitir la documentación a la Dirección General de Trabajo, para su registro y publicación en el BOE.
ANEXO 1
Salarios
Revisión salarial. 2005
Salario anual
Revisión salarial
(1/3/05-28/2/06)
Salario anual
Revisado
Grupo I. Personal Técnico Titulado:
Ingenieros y Licenciados
21.196,95
195,51
21.392,45
Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados
19.455,70
179,45
19.635,14
Graduados Sociales y A.T.S.,
19.455,70
179,45
19.635,14
Personal Técnico no Titulado:
Encargado General Fabricación
19.452,01
179,41
19.631,43
Encargado Depto.y Técnico Org
18.939,49
174,68
19.114,18
Encargado Sector, Programador y Modelista
17.013,02
156,92
17.169,94
Patronista
15.591,78
143,81
15.735,59
Encargado de Sección y Cronometrador
14.464,55
133,41
14.597,96
Subencargado de Sección
12.703,46
117,17
12.820,63
Grupo II. Empleados Mercantiles:
Jefe de Compras y Ventas
18.839,95
173,77
19.013,72
Agente de Compras y Viajantes
15.358,80
141,66
15.500,46
Oficial de ventas
15.199,03
140,19
15.339,22
Dependiente
11.387,74
105,03
11.492,77
Personal Administrativo:
Jefe de Sección
17.634,60
162,65
17.797,25
Jefe de Negociado
16.921,90
156,08
17.077,98
Oficial de Primera
14.464,55
133,41
14.597,96
Oficial de Segunda
13.241,25
122,13
13.363,38
Auxiliar y Telefonista
11.503,92
106,10
11.610,02
Grupo IV. Oficios varios:
Conductor Transportista y Maestro de Mesilla
13.149,31
121,28
13.270,59
Encargado de Almacen y Listero
12.390,40
114,28
12.504,68
Almacenero y Chofer Distribuidor
12.110,16
111,70
12.221,85
Vigilante y Pesador
11.191,47
103,22
11.294,69
Ordenanza, Portero y Mozo de Almacen
11.139,77
102,75
11.242,52
Empleados de Limpieza
10.849,00
100,06
10.949,06
Grupo III. Fabricación:
Nivel 5
12.118,68
111,77
12.230,45
Nivel 4
11.704,34
107,95
11.812,29
Nivel 3
11.290,01
104,13
11.394,14
Nivel 2
11.120,38
102,57
11.222,94
Nivel 1
11.004,07
101,49
11.105,56
T. en formación (y para el 100% de jornada):
Aprendices 2.º año
10.008,34
92,31
10.100,65
Aprendices 1er año
8.340,28
76,93
8.417,21
Aspirante 2.º año
8.241,45
76,01
8.317,46
Botones 2.º año
7.261,55
66,98
7.328,52
Aspirantes y Botones 1.er año
7.182,00
-
7.182,00
ANEXO 2
Salarios
Convenio del calzado
Tabla I. Personal con retribución mensual o diaria (extras aparte).
Tabla II. Personal con retribución mensual o diaria (todo incluido).
Salario anual
(1/3/06-28/2/7)
Salario mes
(Tabla I)
Salario día
(Tabla I)
Salario mes
(Tabla II)
Salario día
(Tabla II)
Hora/prima
Grupo I. Personal Técnico Titulado:
Ingenieros y Licenciados
21.873,78
1.562,41
51,47
1.822,82
59,93
Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados
20.076,93
1.434,07
47,24
1.673,08
55,01
Graduados Sociales y A.T.S.
20.076,93
1.434,07
47,24
1.673,08
55,01
Personal Técnico no Titulado:
Encargado General Fabricación
20.073,13
1.433,80
47,23
1.672,76
54,99
Encargado Depto.y Técnico Org.
19.544,24
1.396,02
45,99
1.628,69
53,55
Encargado Sector, Programador y Modelista
17.556,26
1.254,02
41,31
1.463,02
48,10
Patronista
16.089,64
1.149,26
37,86
1.340,80
44,08
Encargado de Sección y Cronometrador
14.926,41
1.066,17
35,12
1.243,87
40,89
Subencargado de Sección
13.109,09
936,36
30,85
1.092,42
35,92
Grupo II. Empleados Mercantiles:
Jefe de Compras y Ventas
19.441,53
1.388,68
45,74
1.620,13
53,26
Agente de Compras y Viajantes
15.849,22
1.132,09
37,29
1.320,77
43,42
Oficial de ventas
15.684,35
1.120,31
36,90
1.307,03
42,97
Dependiente
11.751,36
839,38
27,65
979,28
32,20
Personal Administrativo:
Jefe de Sección
18.197,68
1.299,83
42,82
1.516,47
49,86
Jefe de Negociado
17.462,23
1.247,30
41,09
1.455,19
47,84
Oficial de Primera
14.926,41
1.066,17
35,12
1.243,87
40,89
Oficial de Segunda
13.664,05
976,00
32,15
1.138,67
37,44
Auxiliar y Telefonista
11.871,25
847,95
27,93
989,27
32,52
Grupo IV. Oficios varios:
Conductor Transportista y Maestro de Mesilla
13.569,18
969,23
31,93
1.130,77
37,18
Encargado de Almacen y Listero
12.786,04
913,29
30,08
1.065,50
35,03
Almacenero y Chofer Distribuidor
12.496,85
892,63
29,40
1.041,40
34,24
Vigilante y Pesador
11.548,82
824,92
27,17
962,40
31,64
Ordenanza, Portero y Mozo de Almacen
11.495,47
821,11
27,05
957,96
31,49
Empleados de Limpieza
11.195,41
799,67
26,34
932,95
30,67
Grupo III. Fabricación:
Nivel 5
12.505,64
893,26
29,43
1.042,14
34,26
6,95
Nivel 4
12.078,07
862,72
28,42
1.006,51
33,09
6,71
Nivel 3
11.650,51
832,18
27,41
970,88
31,92
6,47
Nivel 2
11.475,46
819,68
27,00
956,29
31,44
6,38
Nivel 1
11.355,44
811,10
26,72
946,29
31,11
6,31
T. en formación (y para el 100% de jornada):
Aprendices 2.º año
10.327,91
737,71
24,30
860,66
28,30
Aprendices 1.er año
8.606,60
614,76
20,25
717,22
23,58
Aspirante 2.º año
8.504,60
607,47
20,01
708,72
23,30
Botones 2.º año
7.572,60
540,90
17,82
631,05
20,75
Aspirantes y Botones 1.er año
7.572,60
540,90
17,82
631,05
20,75