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Resolución de 15 de septiembre de 2011, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto, por el que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y se regulan competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico.

BOE-A-2011-15041·23 de septiembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución del Congreso de los Diputados que formaliza la convalidación del Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto. La resolución en sí misma no crea nuevas leyes, sino que ratifica la validez de un decreto-ley previamente emitido por el Gobierno. El objeto principal del Real Decreto-ley 12/2011, ahora convalidado, es doble: 1. Modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para permitir la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques. Esto implica adaptar la legislación española a los estándares internacionales en materia de embargo de embarcaciones, facilitando la ejecución de resoluciones judiciales relacionadas con deudas marítimas. 2. Regular las competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico. Esto significa establecer el marco legal para que las Comunidades Autónomas puedan ejercer sus funciones de vigilancia y control sobre las aguas de dominio público, como ríos y lagos, garantizando su correcta gestión y protección. A quién afecta: Operadores marítimos y navieras: La modificación de la LEC en relación con el embargo preventivo de buques impacta directamente en sus actividades, estableciendo un marco legal claro para la ejecución de embargos. Comunidades Autónomas: La regulación de las competencias en materia de policía de dominio público hidráulico afecta a las administraciones autonómicas, definiendo sus responsabilidades y facultades en la gestión de los recursos hídricos. Ciudadanos y empresas que utilizan o se benefician de los recursos hídricos: La correcta gestión del dominio público hidráulico, a través de la policía de aguas, impacta en la disponibilidad y calidad del agua para diversos usos. Jueces y tribunales: La modificación de la LEC les proporciona un marco legal actualizado para resolver conflictos relacionados con el embargo de buques. Disposiciones más relevantes: La convalidación del Real Decreto-ley le otorga plena validez y fuerza de ley. La modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil para incorporar el Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques. La regulación de las competencias autonómicas** en materia de policía de dominio público hidráulico. En resumen, la resolución del Congreso convalida un Real Decreto-ley que actualiza la legislación española en dos áreas importantes: el embargo de buques y la gestión de los recursos hídricos por parte de las Comunidades Autónomas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto, por el que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y se regulan competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 208, de 30 de agosto de 2011.

Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de septiembre de 2011.–El Presidente del Congreso de los Diputados, José Bono Martínez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.