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Resolución de 15 de enero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prórroga de ultraactividad del Convenio colectivo de CLH Aviación, SA.

BOE-A-2018-955·25 de enero de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Empleo que aprueba y ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Acuerdo de prórroga de ultraactividad del Convenio Colectivo de CLH Aviación, S.A. El objeto principal de este acuerdo es extender la vigencia del Convenio Colectivo 2010-2014 de CLH Aviación, que había sido denunciado en 2014, hasta el 28 de febrero de 2018. La ultraactividad se refiere a la capacidad de un convenio colectivo de seguir aplicándose después de su fecha de expiración, hasta que se negocie y entre en vigor un nuevo convenio. Este acuerdo afecta directamente a los trabajadores de CLH Aviación, S.A. representados por las secciones sindicales de CC.OO., UGT y CGT, así como a la empresa CLH Aviación, S.A. Las disposiciones más relevantes son: La prórroga de la ultraactividad del Convenio Colectivo hasta el 28 de febrero de 2018. El mantenimiento de las condiciones establecidas en el convenio original durante este periodo, con la excepción de aquellas que ya hayan sido modificadas por acuerdos parciales del nuevo convenio en negociación. Estas modificaciones parciales seguirán vigentes hasta la entrada en vigor del nuevo convenio colectivo. La firma del acuerdo por parte de la Dirección de la empresa y las secciones sindicales de CC.OO., UGT y CGT, que representan a los trabajadores. La orden de inscripción del acuerdo en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y su posterior publicación en el BOE.

Visto el texto del acuerdo de prórroga de ultraactividad del Convenio colectivo de la empresa CLH Aviación, S.A. (Código de convenio n.º 90011372011997), publicado en el BOE de 30 de septiembre de 2011, acuerdo que fue suscrito con fecha 28 de diciembre de 2017 de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de CC.OO., UGT y CGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga de ultraactividad en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de enero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

PRÓRROGA ULTRAACTIVIDAD CONVENIO COLECTIVO

En el domicilio social de CLH Aviación, S.A., calle Titán, 13, de Madrid, siendo las 13:00 horas del 28 de diciembre de 2017, reunidas las Representación de la Empresa y la de las Secciones Sindicales CC.OO., UGT y CGT, que integran la Comisión Negociadora del Convenio, en representación de los Trabajadores, con el fin de tratar sobre la conveniencia, compartida por todas las partes, de ampliar el plazo de ultraactividad del Convenio Colectivo 2010-2014 de CLH Aviación, denunciado con fecha del 23 de octubre de 2014.

De una parte: Doña Cristina Jaraba Delgado, Directora Corporativa de RRHH, en representación de la Empresa CLH Aviación.

Y de otra: Don Felipe Rayo Gómez, quien interviene como representante de la Sección Sindical de CC.OO. en CLH Aviación, S.A, que ostenta en la Comisión Negociadora un total de 4 miembros sobre los 8 que tiene la representación sindical.

Don José Luis Marchena Garay, quien interviene como representante de la Sección Sindical de UGT en CLH Aviación, S.A, que ostenta en la Comisión Negociadora un total de 3 miembros sobre los 8 que tiene la representación sindical.

Don Germán Sans Bentoldrá, quien interviene como representante de la Sección Sindical de CGT en CLH Aviación, que cuenta en la Comisión Negociadora con 1 miembro de los 8 que tiene la representación sindical.

ACUERDAN

Ampliar hasta el 28 de febrero de 2018 la ultraactividad del Convenio Colectivo de CLH Aviación, cuya denuncia fue notificada el 23 de octubre de 2014, garantizando hasta esa fecha el mantenimiento de las condiciones establecidas en el mismo, con excepción de aquellas que ya han sido objeto de modificación mediante acuerdo parcial del nuevo convenio, que mantendrán su vigencia hasta la entrada en vigor de dicho nuevo convenio.

Y para que así conste a los efectos oportunos, se firma por cuadruplicado ejemplar el presente documento en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

Sin más asuntos que tratar se levanta esta sesión a las 13:30 horas del día de la fecha.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.