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Resolución de 15 de abril de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 11 de marzo de 2020, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema Cl@VE PIN).

BOE-A-2020-4538·21 de abril de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que modifica una resolución anterior (de 11 de marzo de 2020) relativa a la asistencia a los obligados tributarios en su identificación telemática para el pago de deudas con tarjetas mediante el sistema Cl@VE PIN. El objeto principal de esta resolución modificatoria es adelantar la fecha de aplicación de la resolución original para los pagos realizados a través de la sede electrónica de la AEAT. Originalmente prevista para el 15 de junio de 2020, la aplicación se adelanta al 1 de junio de 2020. Esta resolución afecta directamente a los obligados tributarios y ciudadanos que realizan pagos de deudas a la AEAT con tarjetas de crédito o débito a través de su sede electrónica, así como a las entidades colaboradoras (entidades de crédito) que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria. La disposición más relevante es la modificación del apartado noveno de la resolución original, que ahora establece que la resolución será aplicable el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esto implica que el uso del sistema Cl@VE PIN para pagos telemáticos con tarjeta en la sede electrónica de la AEAT se implementará antes de lo previsto, facilitando los trámites telemáticos durante la crisis sanitaria del COVID-19. La resolución justifica este cambio por la necesidad de facilitar los trámites telemáticos ante la AEAT debido a la situación excepcional provocada por la pandemia.

La Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema Cl@VE PIN), prevé en su apartado noveno que lo previsto en ellas sea aplicable a los pagos que se realicen a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a partir del 15 de junio de 2020.

Como consecuencia de la situación excepcional motivada por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se hace preciso establecer los mecanismos para que los trámites que los obligados han de realizar ante la Agencia Tributaria puedan efectuarse por vía telemática. Inicialmente, se estableció que la citada Resolución de 11 de marzo de 2020 fuera de aplicación a partir del 15 de junio. Evaluada la situación y apreciada su excepcionalidad, tanto el Departamento de Recaudación de la Agencia Tributaria como las asociaciones representativas de entidades de crédito consideran necesario adelantar la aplicación de la Resolución en la medida en que ello sea posible. Una vez valorados los desarrollos técnicos a efectuar por la Agencia Tributaria y las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria conforme al artículo 17 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se adelanta al 1 de junio la fecha en la que los pagos que se realicen a través de la sede electrónica puedan efectuarse en las condiciones establecidas en la Resolución de 11 de marzo de 2020.

Por lo anteriormente expuesto, dispongo:

Único. Modificación de la Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema Cl@VE PIN).

Se modifica el apartado noveno de la Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema Cl@VE PIN), que pasa a tener la siguiente redacción:

Disposición final única. Aplicabilidad.

La presente Resolución será aplicable el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de abril de 2020.–El Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Jesús Gascón Catalán.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.