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Resolución de 14 de mayo de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la prórroga del Convenio de colaboración con el Consejo Económico Social, para la utilización de soluciones y medios tecnológicos.

BOE-A-2020-5298·26 de mayo de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica que publica la prórroga de un Convenio de Colaboración entre la Administración del Estado, específicamente el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (MITRAMISS), y el Consejo Económico y Social (CES). El objeto principal del convenio, que se prorroga, es establecer los términos y condiciones bajo los cuales el MITRAMISS facilita al CES soluciones y medios tecnológicos necesarios para el cumplimiento de sus funciones legales. Estos medios incluyen: red de comunicaciones, equipamiento informático, servicios de correo electrónico y almacenamiento, portales institucionales, acceso a servicios de administración electrónica (red SARA, GEISER, firma electrónica) y aplicaciones de gestión interna. Este convenio afecta directamente al MITRAMISS, que debe proporcionar los recursos tecnológicos, y al CES, que se beneficia de estos recursos para su funcionamiento. Las disposiciones más relevantes son: Prórroga: Se acuerda prorrogar el convenio por un período de doce meses, a partir del 29 de enero de 2020, manteniendo las condiciones originales del convenio. Servicios: Se mantienen los servicios tecnológicos que el MITRAMISS proporciona al CES, detallados en la cláusula primera del convenio original. Obligaciones: Se mantienen las obligaciones de ambas partes, descritas en las cláusulas tercera, cuarta y quinta del convenio original, que especifican las responsabilidades del MITRAMISS (a través de la SGTIC) y del CES. Comisión de Seguimiento: Se mantiene la Comisión de Seguimiento para la gestión, seguimiento y control del convenio, según la cláusula séptima del convenio original. Justificación:** La prórroga se justifica por la necesidad de mantener los servicios tecnológicos al CES y como parte de la estrategia del MITRAMISS para consolidar sus recursos TIC. La prórroga se realiza de acuerdo con la cláusula octava del convenio original, que permite prórrogas anuales hasta un máximo de cuatro, siempre que se mantengan las condiciones y el estado de situación previstos. La prórroga debe ser comunicada al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Suscrita la Prórroga del Convenio de Colaboración entre la Administración del Estado (Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social) y el Consejo Económico Social para la utilización de soluciones y medios tecnológicos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 14 de mayo de 2020.–La Secretaria General Técnica, Blanca Cano Sánchez.

ANEXO

Prórroga del Convenio de Colaboración entre la Administración del Estado (Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social) y el Consejo Económico Social para la utilización de soluciones y medios tecnológicos

ANTECEDENTES

Con fecha 12 de diciembre de 2018 se procede a la firma del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, de ahora en adelante MITRAMISS) y el Consejo Económico y Social, para la utilización de soluciones y medios tecnológicos.

Dicho convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones generales en que el MITRAMISS facilitará al CES las soluciones y medios tecnológicos que precise, para el cumplimiento de sus funciones y la mejor garantía de los fines que le impone la ley.

Dichas soluciones y medios comprenden la prestación de los siguientes servicios:

– Red de comunicaciones y dispositivos asociados, en colaboración con la SGAD, gestora del contrato centralizado de comunicaciones de la AGE.

– Equipamiento informático de puesto de usuario y licencias asociadas.

– Servicios de correo electrónico y de almacenamiento en red.

– Portales institucionales, sede electrónica y espacios de colaboración.

– Acceso a servicios de administración electrónica: red SARA, GEISER, herramientas comunes de la AGE, firma electrónica, sistemas desarrollados por el MITRAMISS.

– Aplicaciones de gestión de la actividad interna.

El convenio tiene una vigencia de un año desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (29 de enero de 2019), previa inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

SITUACIÓN ACTUAL

En la actualidad se están cumpliendo las obligaciones suscritas por las dos entidades. Dichas obligaciones quedan descritas en las cláusula tercera, cuarta y quinta del convenio, donde se establecen las obligaciones que asume el MITRAMISS a través de la SGTIC, las obligaciones que asume el CES y las obligaciones específicas de ambas partes.

Dicho cumplimiento ha estado evaluándose a través de la Comisión de Seguimiento que se constituye para la gestión, seguimiento y control del convenio y que queda descrita en la cláusula séptima.

El MITRAMISS impulsa, conforme a la Estrategia TIC de la AGE y el Plan de Acción del Departamento, la consolidación de los recursos TIC dependientes de las entidades de los Servicios Centrales del MITRAMISS, considerando que la prórroga de este Convenio es uno de los instrumentos para facilitar ese tránsito hasta tanto se adopten las medidas de regulación de la organización administrativa y presupuestarias para esa consolidación.

PRÓRROGA DEL CONVENIO

En virtud de lo señalado, y próximos a concluir la vigencia del convenio, estando las partes de acuerdo y con el objeto de mantener los servicios suscritos y descritos en su cláusula primera, se acuerda una prórroga del convenio de doce meses de duración, según queda establecido en su cláusula octava y en la que se permite prorrogar de forma expresa, previo acuerdo de las partes, siempre y cuando se mantengan las condiciones y el estado de situación previsto en el convenio, periodos anuales hasta un máximo de cuatro.

El periodo que comprende esta prórroga es de un año desde el 29 de enero de 2020 –la publicación del Convenio en el BOE tuvo lugar el 29 de enero de 2019–, previa comunicación al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Madrid, 13 de diciembre de 2019.–El Subsecretario del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Raúl Riesco Roche.–La Presidenta del Consejo Económico y Social, María del Carmen Barrera Chamorro.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.