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Resolución de 14 de junio de 2019, de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 1/134/2019, interpuesto contra el Real Decreto 70/2019, de 1 de marzo, ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera.

BOE-A-2019-9497·24 de junio de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno de España, fechada el 14 de junio de 2019. El objeto principal de la resolución es doble: 1. Remitir el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 1/134/2019 al Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera. Este recurso fue interpuesto por Hiru Garraiolarien Sindikal Konfederazioa contra el Real Decreto 70/2019, de 1 de marzo (aunque el texto indica erróneamente 15 de febrero), que modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en diversas áreas del transporte por carretera. 2. Emplazar a terceros interesados para que se personen en el proceso judicial. A quién afecta: Principalmente, afecta al Tribunal Supremo, que recibirá el expediente para su análisis. A Hiru Garraiolarien Sindikal Konfederazioa, como parte demandante en el recurso contencioso-administrativo. Potencialmente, afecta a todas las personas físicas y jurídicas que puedan haber derivado o derivar derechos del Real Decreto 70/2019, o que tengan un interés directo en su mantenimiento. Estas personas son emplazadas a personarse en el proceso judicial. Indirectamente, afecta a todos los actores del sector del transporte por carretera, ya que el Real Decreto 70/2019 modifica regulaciones importantes en áreas como la formación de conductores, documentos de control, transporte sanitario, mercancías peligrosas y la composición del Comité Nacional del Transporte por Carretera. Disposiciones más relevantes: Se ordena la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Se emplaza a terceros interesados a personarse en el proceso judicial ante el Tribunal Supremo en un plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución, conforme al artículo 49 de la misma ley. Este emplazamiento garantiza el derecho a la defensa y la participación en el proceso de aquellos que puedan verse afectados por la decisión judicial.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (Sección Tercera), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por Hiru Garraiolarien Sindikal Konfederazioa, contra el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.

Madrid, 14 de junio de 2019.–La Secretaria General Técnica-Directora del Secretariado del Gobierno, Clara Mapelli Marchena.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.