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Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2025-2869·15 de febrero de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución emitida el 14 de febrero de 2025 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los nuevos precios de venta al público (PVP) de determinadas marcas y tipos de productos de tabaco que se venden en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio en España. La resolución afecta directamente a: Fabricantes e importadores de productos de tabaco, ya que son quienes proponen los precios. Expendedurías de Tabaco y Timbre, que deben vender los productos a los precios fijados. Consumidores de tabaco, que verán modificados los precios de los productos que adquieren. Las disposiciones más relevantes son: Fijación de Precios: Se establecen listas detalladas de precios para diferentes labores de tabaco (cigarrillos, cigarros, picadura, etc.). Estos precios incluyen todos los impuestos aplicables. Ámbito Geográfico: Se especifican precios diferentes para la Península e Islas Baleares, por un lado, y para Ceuta y Melilla, por otro, debido a las diferencias fiscales existentes en estas regiones. Entrada en Vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Fundamento Legal:** La resolución se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, que regula el mercado de tabacos y la normativa tributaria relacionada. Esto le otorga la legitimidad y el respaldo legal necesario para su aplicación.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de febrero de 2025.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.