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Resolución de 14 de febrero de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.

BOE-A-2020-2254·15 de febrero de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución emitida el 14 de febrero de 2020 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es publicar los nuevos precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco, incluyendo cigarros, cigarrillos y picaduras de pipa, que se venden en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio. Esta resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a los expendedores de tabaco y timbre (estanqueros) y, en última instancia, a los consumidores de estos productos en España. Las disposiciones más relevantes son: Establecimiento de precios: Se fijan los PVP para labores de tabaco específicas, incluyendo los impuestos correspondientes, tanto para la Península e Islas Baleares como para Ceuta y Melilla. Los precios se detallan en listas anexas (A, B, C) que especifican el tipo de labor de tabaco y su precio correspondiente. Ámbito geográfico: Se distingue entre los precios aplicables en la Península e Islas Baleares y los precios específicos para Ceuta y Melilla, reflejando las diferencias fiscales y de mercado entre estas regiones. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que implica una aplicación inmediata de los nuevos precios. Fundamento legal: La resolución se basa en la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que faculta al Comisionado para el Mercado de Tabacos a regular los precios de venta al público de estos productos.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

A) CIGARROS Y CIGARRITOS

B) CIGARROS Y CIGARRITOS

C) PICADURAS DE PIPA

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla, serán los siguientes:

A) PICADURAS DE PIPA

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de febrero de 2020.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, P.S. (Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre), el Vicepresidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.