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Resolución de 13 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con la Ley 2/2010, de 26 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Logopedas de Extremadura.

BOE-A-2010-9399·14 de junio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial que publica un Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura. El acuerdo se refiere a la Ley 2/2010 de Extremadura, que crea el Colegio Profesional de Logopedas de Extremadura. El objeto principal del acuerdo es abordar las discrepancias existentes en relación con el artículo 3.2 de la mencionada ley autonómica. Este artículo, aunque no se especifica su contenido en el documento, ha generado controversia entre el Estado y la Comunidad Autónoma. Este acuerdo afecta principalmente a: La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura, como partes firmantes del acuerdo. Los futuros miembros del Colegio Profesional de Logopedas de Extremadura, ya que la resolución de las discrepancias en el artículo 3.2 podría afectar a su regulación. El Tribunal Constitucional, al que se le debe comunicar el acuerdo. Las disposiciones más relevantes del acuerdo son: Inicio de negociaciones: Se acuerda iniciar negociaciones para resolver las discrepancias sobre el artículo 3.2 de la Ley 2/2010. Creación de un Grupo de Trabajo: Se designa un grupo de trabajo para proponer una solución a la Comisión Bilateral de Cooperación. Comunicación al Tribunal Constitucional: Se establece la obligación de comunicar el acuerdo al Tribunal Constitucional antes del 3 de junio de 2010, en cumplimiento del artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Publicación oficial:** Se ordena la publicación del acuerdo tanto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como en el Diario Oficial de Extremadura (DOE). En resumen, el documento refleja un intento de resolver un conflicto legal entre el Estado y Extremadura mediante la negociación y la creación de un grupo de trabajo, buscando una solución consensuada a las discrepancias surgidas en la creación del Colegio Profesional de Logopedas de Extremadura.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,

Esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 13 de mayo de 2010.–El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Gaspar Carlos Zarrías Arévalo.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con la Ley 2/2010, de 26 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Logopedas de Extremadura

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura en su reunión celebrada el día 12 de mayo de 2010 ha adoptado el siguiente acuerdo:

1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el artículo 3.2 de la Ley 2/2010, de 26 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Logopedas de Extremadura.

2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3.º Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 3 de junio de 2010, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Extremadura».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.