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Resolución de 12 de septiembre de 2018, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en relación con la Ley 2/2018, de 15 de marzo, por la que se modifican la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha y otras normas en materia medioambiental y fiscal.

BOE-A-2018-12981·25 de septiembre de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución que publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral Estado-Castilla La Mancha sobre la Ley 2/2018, que modifica la Ley de Caza y otras normas medioambientales y fiscales. Afecta a ambas administraciones. Se acuerda iniciar negociaciones y crear un grupo de trabajo para resolver las discrepancias en el artículo primero, apartado cinco, de la citada ley, comunicándolo al Tribunal Constitucional.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 12 de septiembre de 2018.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, María de los Llanos Castellanos Garijo.

ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en relación con la Ley 2/2018, de 15 de marzo, por la que se modifican la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha y otras normas en materia medioambiental y fiscal

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con el artículo primero, apartado cinco, de la Ley 2/2018, de 15 de marzo, por la que se modifican la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha y otras normas en materia medioambiental y fiscal.

2. Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.