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Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se modifica la de 15 de octubre de 2024, por la que se actualiza la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos.

BOE-A-2025-9641·16 de mayo de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución del Comisionado para el Mercado de Tabacos que modifica la resolución anterior de octubre de 2024, relativa a la sede electrónica del Comisionado. Afecta a todos los usuarios de dicha sede electrónica. La modificación principal es la actualización de la dirección de la sede electrónica, haciéndola efectiva al día siguiente de su publicación en el BOE.

Mediante Resolución, de 15 de octubre de 2024 (BOE de 22 de octubre), de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se actualiza la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos, se determinó y actualizó el contenido de la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Existiendo la necesidad de modificar la dirección de la sede electrónica, debe actualizarse la Resolución, de 15 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, para su publicidad y eficacia, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10.2 y 18.2 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.

De acuerdo con lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 6 del Estatuto del Organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos, aprobado por Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre, y conforme con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, previo informe favorable de la Comisión Ministerial de Administración Digital, dispongo:

Primero. Modificación de la Resolución, de 15 de octubre de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se actualiza la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos.

Se modifica el apartado segundo, letra b), que tendrá la siguiente redacción:

Segundo. Eficacia.

La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de mayo de 2025.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.