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Resolución de 12 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publican las tablas salariales correspondientes al año 2009 del X Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil.

BOE-A-2009-5213·28 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Dirección General de Trabajo que registra y publica las tablas salariales para 2009 del X Convenio colectivo estatal de centros de asistencia y educación infantil. Afecta a las empresas y trabajadores del sector. Se establecen los salarios base y complementos específicos para diversas categorías profesionales, con un incremento salarial para centros de obras sociales y cajas de ahorros, y un plazo de dos meses para la aplicación de las tablas tras su publicación en el BOE.

Visto el texto de las tablas salariales correspondientes al año 2009 del X Convenio Colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil publicado en el «BOE» de 7 de junio de 2007 (Código de Convenio n.º 9905615), que fue suscrito con fecha 20 de febrero de 2009, de una parte por las organizaciones empresariales ACADE, CECE, CECEI, E y G y FCIC en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales CC.OO, FETE-UGT, FSIE y USO en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de marzo de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

TABLAS SALARIALES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2009 DEL X CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL DE CENTROS DE ASISTENCIA Y EDUCACIÓN INFANTIL

Tablas salariales infantiles 2009

(*) Las categorías profesionales de Técnico Superior en Educación Infantil y de Educador Infantil percibirán el citado complemento específico.

Los trabajadores de los centros de obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos, y Cajas de Ahorros tendrán el incremento salarial establecido para 2009, más un punto adicional sobre los conceptos retributivos que establece el convenio, abonados en la nómina de diciembre del año anterior.

ANEXO III

Salario base 14 pagas/año

Con el fin de hacer efectivos los incrementos establecidos en estas tablas, las empresas dispondrán de dos meses, a partir de la fecha su publicación en el «BOE».

Salario 2009

cpp 2009

Grupo I:

Director Gerente

1.310,74 €

27,89 €

Subdirector

1.310,74 €

27,89 €

Director Pedagógico

1.310,74 €

27,89 €

Pedagogo

1.284,44 €

27,89 €

Psicólogo

1.284,44 €

27,89 €

Médico

1.284,44 €

27,89 €

Asistente Social

1.284,44 €

27,89 €

Otros

1.284,44 €

27,89 €

Grupo II:

Maestro

1.293,93 €

28,41 €

(*) Educador Infantil

806,81 €

21,08 €

(*) Técnico superior en E. Infantil

806,81 €

21,08 €

Grupo III:

Técnico Especialista

738,09 €

21,08 €

Asistente Infantil

700,59 €

18,44 €

Grupo IV:

Personal de cocina

662,30 €

15,80 €

Personal de limpieza

662,30 €

15,80 €

Personal de mantenimiento

662,30 €

15,80 €

Personal de Servicios Generales

662,30 €

15,80 €

Auxiliar

636,86 €

15,80 €

Administrativo

687,62 €

15,80 €

Otros

:

Contratado para la formación

SMI

(*) Complemento específico

Enero-agosto

31,61 €

Septiembre-diciembre

43,19 €

Unidades concertadas de 2.º ciclo

salario

C. antigüedad

Maestro

1.565,39 €

37,45 €

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.