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Resolución de 12 de febrero de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, Sección Primera, de 14 de julio de 2016, que ha devenido firme.

BOE-A-2018-2491·22 de febrero de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) que publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una sentencia firme de la Audiencia Provincial de Álava. La publicación se realiza en cumplimiento del artículo 327 de la Ley Hipotecaria. El objeto principal de la Resolución es dar publicidad a la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, Sección Primera, de fecha 14 de julio de 2016, que confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vitoria. Esta última sentencia estimó la demanda de un particular (Don J.F.Z.) contra una resolución previa de la propia DGRN. La resolución de la DGRN, ahora revocada, desestimaba un recurso contra la calificación negativa de la Registradora de la Propiedad de Laguardia a la inscripción de una sentencia declarativa de dominio. La Resolución afecta principalmente a: Don J.F.Z.: El particular que interpuso la demanda y cuya pretensión de inscripción de la sentencia declarativa de dominio ha sido finalmente respaldada por la justicia. La Administración General del Estado: Que actuó como recurrente en apelación y ha visto desestimado su recurso, siendo condenada al pago de las costas. La Dirección General de los Registros y del Notariado: Cuya resolución inicial ha sido revocada. La Registradora de la Propiedad de Laguardia: Cuya calificación negativa inicial ha sido finalmente invalidada. Terceros interesados: Cualquier persona que pudiera verse afectada por la inscripción de la sentencia declarativa de dominio. Las disposiciones más relevantes son: La publicación de la sentencia firme en el BOE, cumpliendo con el mandato del artículo 327 de la Ley Hipotecaria. La confirmación de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia que estimó la demanda del particular contra la resolución de la DGRN. La revocación de la resolución de la DGRN que desestimaba el recurso contra la calificación de la Registradora de la Propiedad. La condena en costas a la Administración General del Estado** por la desestimación de su recurso de apelación. En esencia, la Resolución da publicidad a una decisión judicial que obliga a la DGRN a reconsiderar su postura inicial y a permitir la inscripción de una sentencia declarativa de dominio, después de que la Registradora de la Propiedad hubiera suspendido dicha inscripción.

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, Sección Primera, de fecha 14 de julio de 2016, que ha devenido firme.

En el recurso de apelación número 305/2016, seguido ante la Audiencia Provincial de Álava, Sección Primera, promovido por la Administración General del Estado, dirigido por el abogado del Estado, contra la sentencia, de fecha 2 de marzo de 2016, dictada en autos de juicio verbal número 1274/2015 del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vitoria que estimó la demanda formulada por doña I. O. U., procuradora de los tribunales, en nombre y representación de don J. F. Z., frente a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 22 de octubre de 2015 (1ª), por la que se desestimaba el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Laguardia por la que suspendía la inscripción de una sentencia declarativa de dominio, revocando la Resolución y asimismo el hecho primero de la calificación, con expresa condena en costas a la parte demandada, fallamos:

Desestimar el recurso interpuesto por el abogado del Estado contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vitoria en el procedimiento de Juicio Verbal nº 1.274/15, confirmado la misma; y con expresa imposición de costas al recurrente.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. doña Mercedes Guerrero Romeo, presidenta, don Íñigo Madaria Azcoitia y don Íñigo Elizburu Aguirre, magistrados de la Audiencia Provincial de Álava.

Madrid, 12 de febrero de 2018.- El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.