Visto el texto de la revisión salarial definitiva para el año 2006 del Convenio Colectivo de ámbito estatal para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para las del Comercio Exclusivista de los mismos materiales (Código de Convenio n.º 9902045), publicado en el B.O.E de 11-8-2004, que fue suscrita, con fecha 17 de enero de 2007, por la Comisión Mixta de Interpretación de dicho Convenio, en la que están integradas, de una parte, la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las centrales sindicales UGT y CC:OO, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta de Interpretación.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 12 de febrero de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE REVISIÓN SALARIAL FINAL DE 2006
Comisión mixta de interpretación
Asisten:
Por la representación empresarial: D. Manuel Campos.
D. Álvaro Rodríguez-Hesles. D. Pere Anrrubia. D. Juan Antonio Bueno. D. Luis Adolfo Martínez. D. Pier Paolo Boattini. D. Carlos Marti. Dña. Carolina Galletti. Dña. Ana Beatriz Rabela. Secretario: D. José Luis Alonso Zarandieta.
Por la representación sindical: MCA UGT: D. Pedro Echaniz
Dña. Conchin Clemente.
FIA UGT:
D. Javier Hernandiz
Dña. Juliana Miranda. D. Francisco Ballester. D. Blas Sánchez. D. Adolfo López Amigo. D. Pedro Centeno
CC.OO:
D. Fernando Justo.
D. José Espinosa. D. José Ramón Zapico. D Manuel Fernández. D. Alfonso González.
En Madrid siendo las 11 horas del día 17 de enero de 2007, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en Gran Vía 80, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente
Orden del día
1. Revisión de las tablas salariales de 2006
2. Revisión de otros conceptos 3. Atrasos y diferencias por revisión salarial
1. Revisión de las tablas salariales de 2006.
1.1 Confección de las tablas salariales finales correspondientes al año 2006 teniendo en cuenta el IPC real (2,7%) mas el 0,50 pactado.
Constatado que el IPC real para el año 2006 asciende al 2,7% y a la vista de los artículos 7 y 8 del Convenio Colectivo Estatal. Se acuerda que las tablas salariales para el año 2006 sean las de 2005 incrementadas en un 3,2 %. A excepción de la Tabla de Referencia que se incrementa en un 3,3%. a) Tablas Salariales Revisadas. Se unen como Anexo formando parte de la presente, las siguientes:
1. Tablas Salariales Generales (Anexo II).
2. Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (Anexo III). 3. Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (Anexo IV). 4. Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (Anexo V). 5. Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (Anexo VI). 6. Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (Anexo VII). 7. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (Anexo VIII). 8. Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (Anexo IX). 9. Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (Anexo X). 10. Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (Anexo XI). 11. Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (Anexo XII). 12. Tabla de referencia (Salarios mínimos garantizados) (Anexo XIII).
2. Revisión de otros conceptos.-Para el período de vigencia comprendido entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2006:
Media dieta 2006: 6,03 €.
Dieta completa 2006: 38,71 €. Plus de turnicidad 2006: 3,31 €. A partir de 1 de enero de 2007 y hasta que, en su caso, se publique el texto de un nuevo convenio:
Póliza de seguro de accidentes. 18.975,33 €.
3. Atrasos y diferencias por revisión salarial.-Las diferencias por revisión salarial del año 2006 se abonaran con efectos retroactivos al 1 de enero de 2006, en una solo pago, dentro del mes siguiente al de la publicación en el BOE de los nuevos valores
Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO y dos por UGT (uno por FIA y uno por MCA).
Pluses:
Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,49.
Transporte: por día efectivamente trabajado: 2,66.
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,87.
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,64.
Dietas:
Comida y Pernocta: 19,21.
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,72.
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,51.
Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:
Plus estímulo empresarial: 1,94.
Plus estimulo empresarial: Peones y Peones especializados: 3,13.
Transporte:
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 Km.: 0,5.
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 Km.: 0,72. Personal domiciliado a más de tres kilómetros: 1,01. Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega): 0,47.
Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.
Además, todo el personal percibirá por día trabajado las siguientes cantidades:
Plus estímulo empresarial: 1,94. Transporte: Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km: 0,49.
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km.: 0,72. Personal domiciliado a más de 3 km: 1,01. Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega): 0,47.
Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.
ANEXO VII
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7) + 0,5 puntos
Sector de Industrias extractivas y explotación y manufactura de minerales industriales.
Quedan comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo las siguientes Industrias:
En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas.
Más en concreto: Las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres,Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomía, Exquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de Trípoli, y todos aquellos que se utilizan, predominantemente, en la fabricación de vidrio y Cerámica.
Pluses:
Plus de transporte: por día debidamente trabajado: 2,66.
Plus de asistencia: por día debidamente trabajado: 3,49.
Plus de transporte: por día efectivamente trabajado: 2,66.
Plus de asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,49.
Plus de asistencia mensual: 70,04.
Plus de transporte mensual: 57,36. Dieta:
Media dieta: 7,02.
Comida y Pernocta.: 21,2.
Pluses:
Plus de asistencia: por día debidamente trabajado: 3,51.
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajad: 3,49.
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,65. Paga de San Antonio: 52,17.
Dietas: Media dieta: 10,27.
Pluses:
De transporte: 1,97.
Distancia: 0,08. Plus de asistencia: 0,41.
Plus de Asistencia: Por día efectivo de trabajo: 3,49.
Plus de Transporte: Por día efectivo de trabajo: 2,68. Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:
Salario día a razón de 455 días (365 días/año + 30 Paga extra de Verano + 30 Paga Extra de Navidad + 30 Paga de marzo).
Plus de asistencia a razón de 281 días (220 días trabajo efectivo + 21 Paga Extra de Verano + 20 Paga Extra de Navidad + 20 Paga de vacaciones). Plus de transporte a razón de 220 días (220 días de trabajo efectivo año).
Las empresas que a partir del 1/1/1999 empiecen a regirse por el presente Convenio, podrán optar por la aplicación de esta Tabla de Referencia o por aquella a la que se hubieran acogido de no existir esta Tabla.
ANEXO II
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7)+ 0,5 puntos
Generales
Grupo profesional
Nivel salarial
Día
II
Personal Titulado Superior
29,27
III
Personal Titulado Medio
27,49
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
26,63
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
25,82
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
25,02
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
24,22
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
23,40
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
22,34
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
21,52
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
21,06
XII
Peón, Personal de limpieza
20,90
ANEXO III
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7x) + 0,5 puntos
Provincia de Madrid
Grupo Profesional
Nivel Salarial
Día
II
Personal Titulado Superior
29,27
III
Personal Titulado Medio
27,49
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
26,89
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
26,33
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
25,78
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
25,24
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
25,02
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
24,25
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
23,8
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
23,16
XII
Peón, Personal de limpieza
22,59
ANEXO IV
Tablas salariales finales 2006
Incremento IPC real (2,7 %) + 0,5 puntos
Subsector del vidrio al soplete
Grupo Profesional
Nivel salarial
Día
II
Personal Titulado Superior
56,54
III
Personal Titulado Medio
52,57
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
49,53
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
42,85
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
36,22
VII
Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
35,17
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
29,42
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
26,18
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
24,6
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
23,18
XII
Peón, Personal de limpieza
22,59
ANEXO V
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7) + 0,5 puntos
Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático provincia de Barcelona
Categoría Profesional
Básico
PAC
Semana
Personal con remuneración mensual
Técnicos y directivos:
Jefe de fabricación
845,82
619,58
38,31
Encargado de sección
712,51
315,97
38,31
Contramaestre
689,32
182,18
38,31
Delineante superior
735,27
303,03
38,31
Delineante de 1.ª
712,27
254,01
38,31
Delineante de 2.ª
712,27
162,48
38,31
Auxiliares, de 1.ª
641,92
108,32
38,31
Auxiliares de 2.ª
618,94
44,59
38,31
Administrativos:
Jefe de 1.ª
782,67
409,10
38,31
Jefe de 2.ª
734,77
302,59
38,31
Oficial de 1.ª
712,27
236,18
38,31
Oficial de 2.ª
666,35
180,02
38,31
Auxiliares
653,73
62,81
36,57
Aspirantes
641,92
62,81
36,57
Mercantiles:
Jefe de ventas
735,27
304,77
38,31
Viajante o Agente
712,27
111,55
38,31
Oficial de ventas
641,92
87,80
36,57
Subalternos:
Listeros
466,08
109,99
34,80
Cobradores
641,92
96,42
36,57
Capataces de peones
619,58
117,30
34,80
Almacenero
618,98
115,54
34,80
Vigilante y Portero
641,96
23,51
36,57
Sanitario y Ordenanza
618,94
23,51
34,80
Personal de remuneración diaria
Obreros:
Arqueta
20,36
2,60
36,86
Conductor máquina 1s ks. Potg
22,24
4,63
38,31
Mecánico Mak 1 s ks. De primera
22,24
4,63
38,31
Mecánico Mak 1 s ks. De segunda
22,24
4,52
38,31
Maquinista de primera
22,24
4,63
38,31
Maquinista de segunda
22,24
4,52
38,31
Fundidor de primera
22,24
4,52
38,31
Sacador de primera
22,24
4,02
38,31
Oficial primera de servicios auxiliares
22,24
4,02
38,31
Sacador de segunda
21,36
4,20
32,04
Soplador de primera
20,60
1,47
36,57
Vigilante Arca y Arca Corr.
20,60
1,47
36,57
Ayudante (todos)
20,60
1,47
36,57
Soplador de segunda
20,60
1,47
36,57
Peones especializados
19,81
2,01
34,80
Oficial segunda de servicios oficiales
21,36
3,36
34,83
Peones y servicio limpieza
19,11
1,69
34,83
ANEXO VI
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7) + 0,5 puntos
Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)
Categoría profesional
Básico
PAC
Semanal
Personal con remuneración mensual
Técnicos:
Jefe de fabricación
845,82
603,45
38,31
Encargado de sección
712,27
315,97
38,31
Contramaestre
688,25
216,90
38,45
Administrativos:
Jefe de primera
782,67
412,93
38,31
Jefe de segunda
710,67
292,96
38,31
Oficial de primera
712,25
199,16
38,31
Oficial de segunda
666,32
202,97
38,31
Auxiliares
653,50
49,24
36,57
Aspirantes de 1.ª
641,92
37,31
36,57
Aspirantes de 2.ª
435,16
149,82
26,09
Mercantiles:
Jefe de ventas
735,27
286,59
38,31
Viajante o Corredor
712,27
142,66
38,31
Oficial de ventas
641,96
96,37
36,57
Subalternos:
Almacenero
618,94
114,62
34,80
Capataces de Peones
618,94
114,62
34,80
Listeros
618,94
100,74
34,80
Sanitarios y Ordenanzas
618,94
34,66
35,62
Cobradores
641,96
135,72
36,57
Guardias y Vigilantes
618,94
37,65
34,80
Porteros
618,94
37,65
34,80
Personal de remuneración diaria
(profesionales de oficio)
Gran Plaza:
Maestro abridor
23,24
12,71
38,31
Soplador de primera
22,24
9,82
38,31
Soplador de segunda
22,24
5,93
38,31
Levantador
21,76
3,45
36,57
Posteros y Patroneros
21,36
4,18
36,57
Jarra o 2.º Gran Plaza:
Abridor
22,24
9,82
38,31
Soplador
22,24
4,26
38,31
Levantador de asas
20,60
1,55
36,57
Fantasía:
Maestro
22,24
9,82
38,31
Levantador
21,36
3,45
36,57
Bohemia de 1.ª:
Soplador
22,24
9,82
38,31
Patronero
20,60
5,98
36,57
Bohemia de 2.ª:
Soplador
22,24
8,68
38,31
Patronero
20,60
5,58
36,57
Bohemia de 3.ª:
Soplador
22,24
5,93
38,31
Patronero
20,60
4,23
36,57
Copas Gas Extra:
Maestro
22,24
9,82
38,31
Soplador
22,24
5,98
38,31
Levantador de pies y piernas
20,60
1,55
36,57
Vasos Corte y Gas:
Soplador toda clase
22,24
33,53
38,31
Soplador pequeños finos
22,24
3,04
38,31
Copas Gas Corriente:
Maestro colador pies y pierna
22,24
8,68
38,31
Soplador
22,24
5,34
38,31
Levantador de pies y piernas
19,06
1,55
36,57
Vasos acabados a mano:
Abridor
22,24
8,68
38,31
Soplador
22,24
5,98
38,31
Vasos acabados a mano de 2.ª:
Abridor
22,24
6,87
38,31
Soplador
22,24
4,55
38,31
Prensa Refinada Extra:
Abridor
22,24
10,03
38,31
Prensador
22,24
6,87
38,31
Levantador
21,36
3,45
36,57
Prensa Miniatura:
Abridor
22,24
8,41
38,31
Prensador
22,24
5,93
38,31
Levantador
21,36
3,45
36,57
Prensa sin Refinar:
Prensador
22,24
4,55
38,31
Levantador
21,36
3,10
36,57
Copas Americanas Extras:
Colocador de pies
22,24
7,01
38,31
Soplador
22,24
5,93
38,31
Levantador
20,60
1,55
36,57
Copas Americanas Corrientes:
Colocador de pies
22,24
0,59
38,31
Soplador
22,24
5,11
38,31
Levantador
20,60
1,55
36,57
Tapones a Mano:
Taponero
22,24
6,77
38,31
Tapones Prensador (Punzados):
Taponero
20,60
1,55
36,57
Producción semiautomática:
Oficial de primera máquina
22,24
5,18
38,31
Oficial de primera sacador
22,24
3,65
38,31
Oficiales de primera soplador
20,60
1,55
36,57
Oficial de segunda máquina
22,24
4,00
38,31
Oficiales de segunda sacador
21,36
3,45
36,57
Oficial de segunda soplador
20,60
1,97
36,57
A) Sección Acabado:
Cortadores a gas (bohemia/F)
20,60
2,85
36,57
Cortadores a gas corriente
20,60
2,73
36,57
Fletadores (B.y F.)
21,36
3,45
36,57
Fletadores finos al torno
21,36
3,45
36,57
Fletadores corriente
21,36
3,45
36,57
Chaflanadores (B. y F.)
21,36
3,45
36,57
Chaflanadores (sonoro)
21,36
3,45
36,57
Requemadores a mano o maq.
20,60
2,73
36,57
Chaflanadores corrientes
20,60
2,73
36,57
Despuntilladores
20,60
2,73
36,57
Pulidores
20,60
2,73
36,57
Taponadores finos
22,24
4,00
38,31
Taponadores semifino
20,60
5,43
36,57
Taponadores ordinario
20,60
4,18
36,57
B) Sección Enriquecido:
Tallería:
Tallador de primera
22,24
7,02
38,31
Tallador de segunda
22,24
4,55
38,31
Tallador de tercera
20,60
6,38
36,57
Pulidor
20,60
3,10
36,57
Decorado:
Decorador de primera
22,24
7,02
38,31
Decorador de segunda
22,24
4,57
38,31
Decorador de tercera
21,36
3,10
36,57
Mufleros
21,36
2,55
36,57
Serigrafiados
21,36
2,55
36,57
Grabado:
Grabador a la rueda de primera
22,24
7,02
38,31
Grabadora a la rueda de segunda
20,60
5,11
36,57
Grabadora a la rueda de tercera
20,60
4,09
36,57
Grabadora al transporte
21,36
2,55
36,57
Panteng y Gillog
21,36
2,55
36,57
C) Sección Temple:
Fundidor de primera
22,24
4,00
36,57
Fundidor de segunda
20,60
4,09
36,57
Arqueta
20,60
2,82
36,57
D) Servicios Auxiliares:
Oficial de primera
22,24
3,65
38,31
Oficial de segunda
22,24
1,55
38,31
Crisolista de primera
22,24
2,55
38,31
Crisolista de segunda
21,36
1,60
36,57
Peones especializados
19,81
1,81
35,53
Peones
19,11
1,69
35,53
Servicio de limpieza
19,11
1,69
35,53
Grupo Profesional
Niveles
Categoría profesional
Salario base
Grupo A. Técnicos
1. Titulados
II
Ingenieros, Licenciados, Capaz Facultativo, Vigilantes de interior, vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes.
29,48
2. No titulados
V
Jefe de fábrica o taller.
26,88
VI
Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera.
27,69
IX
Auxiliar de topógrafo, Calcador de plano y Analista.
22,58
Grupo B. Administrativos
III
Jefe de primera.
27,68
V
Jefe de segunda.
26,02
VI
Oficial de primera.
25,19
IX
Auxiliar.
22,58
Grupo C. Subalternos
VII
Capataz de peones
24,43
X
Listeros. Almacenero. Guarda Jurado. Guarda. Portero. Ordenanza. Basculero. Pesador. Enfermero. Dependiente de Economato. Personal de limpieza.
21,69
Grupo D. Obreros
1. Obreros de Interior
a) Profesionales de:
VIII
Mineros de primera. Barreneros. Estibadores. Picadores. Caminero de primera.
23,53
XII
Caminero de segunda.
21,06
b) Especialistas:
X
Ayudantes de Barrenero. Estibador y Picador. Tubero y Bombero.
22,39
XI
Vagonero
21,54
2. Obreros de Exterior
a) Profesionales de oficio:
VIII
Oficial de primera.
23,39
IX
Oficial de segunda.
22,58
X
Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero.
22,39
X
Oficial de tercera.
21,69
b) Especialistas:
XI
Celadores. Composteros. Lampisteros. Estriadores. Molineros. Trituradores. Ayudante de fogonero. Embasadores de sacos y otras especialidades.
21,06
XII
c) Peones.
20,9
ANEXO VIII
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7) + 0,5 puntos
Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia
Grupo Profesional
Nivel
Categoría Profesional
Salario día
Operarios
VIII
Oficial de primera.
23,40
IX
Oficial de segunda.
22,43
X
Ayudante Vigilante.
22,05
XI
Peón Especialista.
21,62
XII
Peón Ordinario.
21,22
Grupo Profesional
Nivel
Categoría Profesional
Salario día
Administrativos
III
Jefe de primera.
1048,65
V
Jefe de segunda.
921,46
VI
Encargado de taller.
840,4
VI
Oficial de primera.
840,47
VIII
Oficial de segunda.
729,38
IX
Auxiliar. Cobrador Subalterno.
684,97
Anexo IX
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7)+ 0,5 puntos
Baldosín cerámico de la provincia de Valencia
Grupo Profesional
Nivel
Categoría
Salario mínimo
Salario medio
Salario máximo
VII
Capataz.
25,61
VIII
Oficial de primera.
25,21
30,32
35,37
IX
Oficial de segunda.
24,44
29,27
34,14
X
Especialista de primera.
24,22
29,03
33,87
XI
Especialista de segunda.
23,92
28,74
33,58
XI
Especialista de tercera.
23,87
28,65
33,44
XII
Peón.
23,76
28,43
33,24
XIII
Pinche.
22,51
26,70
31,47
Anexo X
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7) + 0,5 puntos
Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona
Grupo Profesional
Nivel
Categoría Profesional
Salario día
II
Ingenieros.
41,32
II
Licenciados.
38,91
II
Peritos.
29,17
III
Ayudante Técnico.
27,18
III
Jefe de primera administrativo.
34,07
IV
Jefe de fábrica.
38,87
IV
Delineante proyectista.
28,99
V
Jefe de segunda administrativo.
29,05
VI
Encargado de taller.
29,05
VI
Delineante.
26,88
VI
Oficial de primera administrativo.
27,92
VI
Vendedor.
27,92
VII
Oficial de segunda administrativo.
25,94
VIII
Contramaestre.
27,76
VIII
Calcador.
25,76
VIII
Oficial de primera.
26,46
VIII
Capataz de peones.
22,30
IX
Oficial de segunda.
22,37
IX
Portero.
20,53
IX
Ordenanza.
20,53
IX
Auxiliar administrativo.
20,93
X
Cobrador.
23,24
X
Listero.
22,69
X
Almacenero.
22,93
X
Guarda jurado.
21,52
X
Guarda ordinario y Vigilante.
20,53
X
Basculero y Pesador.
20,53
X
Sanitario no titulado.
20,53
X
Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor 18 años.
20,53
XI
Oficial de tercera. Y ayudante.
21,58
XII
Personal de limpieza.
20,53
XII
Peón.
21,01
XII
Botones .
18,60
Anexo XI
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7)+ 0,5 puntos
Cerámica de la provincia de Valencia
Grupo profesional
Nivel
Categoría Profesional
Salario día
II
Personal Titulado Superior.
39,09
III
Personal Titulado Medio.
31,84
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
30,64
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección.
28,19
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado.
26,33
VII
Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio.
25,90
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario.
25,04
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.
24,63
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario.
24,28
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado.
23,95
XII
Peón, Personal de limpieza.
23,58
Anexo XII
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7)+ 0,5 puntos
Vidrio de Zaragoza
Grupo profesional
Nivel salarial
Euro/dia
Euros
II
Personal Titulado Superior
49,84
22675,05
III
Personal Titulado Medio, Jefe Administrativo 1.ª
44,25
20134,73
IV
Jefe de Personal, Encargado General
42,67
19416,31
V
Jefe Administración 2.ª, Delineante superior, Jefe de Sección, Jefe de Organización 2.ª,
36,97
16819,64
VI
Oficial Administrativo, Delineante, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
35,37
16091,82
VII
Delineante, Técnico Organización 2.ª, Analista 1.ª, Capataz
32,75
14899,14
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Corredor, Oficial 1.ª oficio, Analista 2.ª
31,97
14546,97
IX
Auxiliar Administrativo, Auxiliar Organización, Oficial 2.ª de oficio
30,79
14011,67
X
Auxiliar Laboratorio, Vigilante, Almacenero, Enfermero, Cobrador, Ayudante.
27,64
12574,82
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
26,91
12246,12
XII
Peón, Personal de limpieza
26,14
11893,95
Premio de Vinculación (*) (por año de servicio): 16,73.
Premio de Vinculación (Tope Máximo): 317,69.
Pluses:
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,66.
(*) Se hará efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar. No se abonara este premio a los trabajadores que tengan mas de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio. Respecto al Plus de Asistencia, Ayuda escolar y Fiesta del pilar se estará a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, Publicado el BOE n.º 191 del viernes 10 de agosto de 2001.
Anexo XIII
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7)+ 0,6 puntos
Tabla de Referencia
(Salarios mínimos garantizados)
Grupo
Nivel
Salario día
Salario anual
II
29,39
14.941,65
III, IV y V
26,72
13.729,01
VI y VII
24,72
12.817,19
VIII y IX
22,97
12.022,86
X
21,60
11.397,74
XI
21,15
11.190,93
XII
20,98
11.115,73