Visto el texto del Acta en la que se contienen los Acuerdos alcanzados por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Navantia, S. A. (Código de Convenio número 9015672), que fue suscrito con fecha 15 de diciembre de 2006, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y, de otra, por los sindicatos FM-CC.OO., MCA-UGT, CAT-Metal y CIG-Metal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de enero de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
Acta de acuerdo y fin de negociaciones del Segundo Convenio Colectivo de Navantia
Representantes de la Dirección:
Jesús M.ª Pérez Esteban.
Juan Antonio Richart Chacón. José Carlos Piñeiro Freire. Alberto Cavilla Peñalver. Jerónimo García Albaladejo. María Remedios Díaz Montero. Diana Ruiz-Jiménez Gómez. Álvaro Tello Elordi. Esteban Gallego Tortuero. Mercedes Dolarea Romero (Secretaria).
Representantes de los Trabajadores: Por FM/CC.OO.:
Ramiro González Campelo.
Ignacio Briones Armero. Jorge Prieto Ulfe. J. Antonio Oliva Gómez. Ramón Linares Cobacho. Manuel Núñez Pérez. Ricardo Bengoechea García (Asesor). Fernando Sinde Alonso (Asesor).
Por MCA/UGT:
Eduardo Aranda Martínez.
José Rico Rodríguez. Florencio Sánchez Romero. Jesús Pérez López. Juan Bedell Díez (Asesor). Diego Peces Solís (Asesor).
Por CAT/Metal:
Francisco Molina Rodríguez.
José A. González Ortiz (Asesor).
Por CIG/Metal:
Antonio López Rivera.
Xurxo Cordero Novo (Asesor).
Reunidos en Madrid, a las 12:00 horas del día 15 de diciembre de 2006, las personas al margen relacionadas, componentes de la Comisión Negociadora del Convenio de Navantia, en los locales de la Empresa declaran dar por finalizada la Negociación Colectiva, iniciada el 19 de abril de 2006, con Acuerdo al aceptarse por todos los representantes legales de los trabajadores de los distintos centros de Navantia, el contenido del Acta de Preacuerdo suscrito el pasado día 4 de diciembre y en virtud del cual se acuerda:
Primero.-Ambas partes aceptan y ratifican íntegramente lo establecido en el citado Preacuerdo, de fecha 4 de diciembre de 2006, cuyo texto literal se adjunta como anexo I.
Segundo.-Ambas partes acuerdan aprobar las tablas salariales relativas al año 2006 que, asimismo, se acompañan a la presente Acta. Las citadas tablas se han calculado con el incremento del 3,05 por 100 (anexo II). Tercero.-Este Convenio será de aplicación con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2006. Las tablas salariales se aplicarán en la próxima nómina del mes de diciembre, con el abono, igualmente, de los atrasos en dicha nómina. Cuarto.-Igualmente acuerdan remitir tanto este Acta como sus anexos a la Autoridad Laboral competente para su registro, archivo y posterior publicación en el «B.O.E.», declarando vigentes los aspectos normativos del Primer Convenio Colectivo de Navantia., aprobado por Resolución de 15 de julio de 2005 publicada en el «B.O.E.» número 191, de 11 de agosto de 2005 (que se acompaña como anexo III), así como los aspectos normativos de los Convenios Colectivos existentes en Navantia: XXI Convenio Colectivo Interprovincial de E.N. Bazán para los centros de trabajo de Ferrol, Cartagena y San Fernando, aprobado por Resolución de 3 de octubre de 2000 publicada en el «B.O.E.» número 249, de 17 de octubre de 2000; del Convenio de IZAR 2001-2002 para los centros de trabajo de Puerto Real, Cádiz, Fene y Madrid (procedente del Plantío), aprobado por Resolución de 20 de febrero de 2002 publicada en el «B.O.E.» número 63, de 14 de marzo de 2002, y del XXI Convenio Colectivo de las Oficinas Centrales de E.N. Bazán para el personal de Madrid, procedente de la Castellana (que se acompañan como anexo III), cualquiera que sea su eficacia, hasta el 31 de diciembre de 2007.
Y, sin más asuntos que tratar, se firma la presente Acta en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Acta de Preacuerdo de la Comisión Negociadora para el Segundo Convenio Colectivo de Navantia, S. A.
Representantes de la Dirección:
Juan Pedro Gómez Jaén.
Jesús Mª Pérez Esteban. Juan Antonio Richart Chacón. José Carlos Piñeiro Freire. Alberto Cavilla Peñalver. Jerónimo García Albaladejo. María Remedios Díaz Montero. Diana Ruiz-Jiménez Gómez. Álvaro Tello Elordi. Esteban Gallego Tortuero. Mercedes Dolarea Romero (Secretaria).
Representantes de los trabajadores: Por FM/CC.OO.:
Ramiro González Campelo.
Ignacio Briones Armero. Jorge Prieto Ulfe. J. Antonio Oliva Gómez. Ramón Linares Cobacho. Manuel Nuñez Pérez. Ricardo Bengoechea García (Asesor). Fernando Sinde Alonso (Asesor).
Por MCA/UGT.:
Eduardo Aranda Martínez .
José Rico Rodríguez. Florencio Sánchez Romero. Jesús Pérez López. Juan Bedeli Díez (Asesor). Diego Peces Solís (Asesor).
Por CAT/Metal:
Francisco Molina Rodríguez.
José A. González Ortiz (Asesor).
Por CIG/Metal.
Antonio López Rivera.
Xurxo Cordero Novo (Asesor).
En Madrid, a las 17,00 horas del día 4 de diciembre de 2006, se reúnen las personas al margen relacionadas, en los locales de Navantia, miembros de la dirección de la empresa y de la representación de los trabajadores componentes de la comisión negociadora del segundo Convenio Colectivo de Navantia, para continuar con sus trabajos dentro del marco de la negociación colectiva, declaran dar por finalizada la negociación colectiva iniciada el día 19 de abril del presente año, con el siguiente
Preacuerdo
Primero. Vigencia.-Prorrogar desde el 1 de enero de 2006 y hasta el 31 de diciembre de 2007 los textos normativos del XXI Convenio Colectivo Interprovincial de Bazán, para los centros de trabajo de Ferrol, Cartagena, y San Fernando, del Convenio de Izar 2001-2002 para los centros de trabajo de Puerto Real, Cádiz, Fene y Madrid (procedente del Plantío) y del XXI Convenio Colectivo de las oficinas centrales de Bazán, procedente de la Castellana, excepto los que hayan resultado expresamente modificados en el presente Acuerdo. Los citados convenios se unen a la presente acta, acordándose que después de su firma sea remitida a la autoridad laboral para su registro y archivo en el IMAC y posterior publicación en el «B.O.E.». Segundo. Incremento Salarial.-Para el año 2006 el incremento salarial será del 3,05 por 100 en tablas. Para el año 2007 el incremento salarial será del 3,05 por 100 en tablas. Tercero. Promociones y Asimilaciones.-El número de promociones para el año 2006 será de 412 para los centros de trabajo de Ferrol, Cartagena y San Fernando. El número de ascensos para el año 2007 se fijará en relación con la plantilla existente a 31 de diciembre, respetando la proporción del año anterior. La distribución entre factorías se hará tal y como recoge el artículo 32 del XXI Convenio Colectivo Interprovincial de la Empresa Nacional Bazán. Igualmente, el número de asimilaciones será el que corresponda en cada año de acuerdo con lo previsto en el citado texto del Convenio Colectivo. A partir de la firma del presente acta quedan cancelados los compromisos de las Actas complementarias de fecha 29 de junio de 2000, relativas al XXI Convenio Colectivo Interprovincial de la Empresa Nacional Bazán. Se repartirán durante el año 2007 para los astilleros de Fene y Cádiz, el número de 35 promociones para el Astillero de Fene y 15 para el de Cádiz. Asimismo, en el centro de Puerto Real para el año 2007 se realizarán 62 promociones, consecuencia de la negociación que se está llevando a cabo en el citado centro. Cuarto. Nuevo Convenio Colectivo.-Las partes se comprometen a lo largo del año 2007 a negociar un nuevo convenio colectivo único para Navantia, cuya entrada en vigor se llevará a cabo el 1 de enero de 2008. Dicho Convenio recogerá un nuevo sistema de clasificación profesional, unas nuevas tablas salariales únicas y comportará un nuevo sistema de promociones y asimilaciones. Quinto. Homogeneización.-Como consecuencia de las disposiciones adicionales del acta del SIMA de 11 de mayo de 2004, en la que se constituía formalmente una comisión de homogeneización que examinase «... las diferencias retributivas entre Astilleros Civiles y Militares y elaborará, en el caso de que existieran, un calendario de homogeneización» y, consecuencia de los estudios realizados hasta ahora a este respecto, se abonará a todo el personal de convenio en activo de los centros de trabajo de Ferrol, Cartagena, San Fernando y Madrid procedente de la «ex» Bazán la cantidad lineal de 18 euros mensuales consolidables con efectos desde el 1 de diciembre de 2006. Igualmente y, de forma simultánea a la paga extraordinaria de julio de 2007, se abonará al citado personal la cantidad de 216 euros por una sola vez, en concepto de paga no consolidable. Con el establecimiento de las nuevas tablas salariales quedará zanjada cualquier reclamación por diferencia salarial que se hubiera suscitado con anterioridad, quedando concluida y cerrada, en este momento, la comisión de homogeneización y racionalización, creada a tal efecto. Sexto. Absentismo y Productividad.-Ambas partes se comprometen a implantar, desde esta misma fecha y durante todo el tiempo de vigencia del convenio, medidas encaminadas a la disminución del absentismo y al incremento de la productividad. Mediante la aplicación de cuantas medidas se consideren oportunas, las partes se fijan como objetivo global incrementar un 10 por 100 anual la productividad en el conjunto de los centros de Navantia, así como una reducción del absentismo en términos anuales entre el 0,6 por 100 y el 1,2 por 100. Séptimo. Compromiso Empleo.-En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 del XXI Convenio Colectivo Interprovincial de Bazán y en su desarrollo posterior en Acta de 5 de febrero de 2003, la dirección de la empresa, antes del 31 de diciembre de 2007, llevará a cabo la incorporación de 44 trabajadores en los términos previstos en la mencionada acta. Octavo. Comisión de Formación.-Las partes acuerdan dar por concluidas y cerradas las tareas encomendadas a la comisión de formación, constituida al amparo del apartado cuarto del acta de acuerdo del primer convenio colectivo de Navantia. Noveno. Comisión de Prevención de Riesgos Laborales.-Las partes acuerdan, dado que en la actualidad los trabajos están muy avanzados, continuar los mismos hasta el cierre de la citada comisión. Décimo. Comisión de Ordenación de la Industria Auxiliar.-Las partes acuerdan continuar los trabajos que vienen llevando a cabo a lo largo del año 2006 en el seno de la comisión de ordenación de la industria auxiliar, creada al amparo del acuerdo del SIMA de fecha 11 de mayo de 2004. Undécimo. Comisión Paritaria.-Se constituye una comisión paritaria compuesta por doce miembros a la que, además de las funciones previstas en el estatuto de los trabajadores [artículo 85.3.a)], se le atribuyen las de vigilancia y seguimiento del Convenio. Duodécimo. Plan Industrial.-Las partes acuerdan la creación de un grupo de trabajo para el análisis y discusión del plan industrial de Navantia en el que se analizará la carga de trabajo y la actividad existente en los distintos centros y se llevarán a cabo actuaciones tendentes a lograr la racionalización y mejor adecuación de las plantillas a las necesidades y objetivos de la empresa. Decimotercero. Principio de Acuerdo.-Este acta es un principio de acuerdo sujeto a ratificación posterior por los trabajadores y sus representantes en los distintos centros de trabajo de Navantia, S. A.
Y, sin más asuntos que tratar, se firma la presente acta en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
ANEXO I
Tablas año 2006 para los Centros de Trabajo de Navantia de Ferrol, Cartagena y San Fernando (3,05 por 100)
Nivel
Categoría
Sueldo
-
Euros
Módulo antigüedad
-
Euros
P. Extras sueldo
-
Euros
P. Produc. sueldo
-
Euros
Indemnización supresión trabajos extraordinarios Valor Horas Extras
Valor hora TXT
-
Euros
Horas extras
-
Euros
Domingo festivo
-
Euros
Entrada
990,19
568,90
904,12
1.280,92
6,24
7,11
5,68
V
Oficial
1.033,68
568,90
945,27
1.280,92
6,68
7,62
5,86
IV
Operarios 1.ª, Empleados 1.ª y Categorías Equivalentes
1.121,80
568,90
1.004,30
1.280,92
7,45
8,39
6,06
IIIS
Técnicos Especializados, Encargados, Delineantes Especiales y Jefes de 2.ª
1.209,90
568,90
1.063,35
1.280,92
8,26
9,11
6,52
III
Técnicos de Taller y Obra, Maestros, Proyectistas y Jefes de 1.ª
1.288,97
568,90
1.107,61
1.280,92
8,99
10,27
6,92
IIS
Gestor de 2.ª
1.400,70
568,90
1.168,72
1.280,92
9,80
11,26
7,48
II
Gestor de 1.ª
1.520,87
568,90
1.226,74
1.280,92
10,48
12,05
8,03
IS
Gestor Jefe
1.645,23
568,90
1.274,21
1.280,92
10,94
12,64
8,64
I
Nivel Superior
1.769,65
568,90
1.331,09
1.280,92
11,38
13,23
9,23
Anexo II
Tablas año 2006 para los Centros de Trabajo de Navantia de Ferrol, Cartagena y San Fernando (3,05 por 100)
Complementos, pluses, dietas, etc.
Cantidad
Plus de Distancia
0,064 euros/Km
Modificación jornada nocturna (art. 20)
47,33 euros/día
Bonificación Operador Rayos X homologado por la C.S.N.
42,14 euros/mes
Gratificación Vigilantes Jurados por tenencia de armas
34,38 euros/mes
Trabajos Nocturnos
1,08 euros/hora
Quebranto de moneda
24,51 euros/mes
Pruebas de mar:
Jornada ordinaria euros/día
Prolongación jornada euros/hora
Dos primeras horas
Restantes
Servicios en Cubierta
11,53
1,85
1,89
Máquinas y Calderas
16,86
2,49
2,54
Inmersión en Submarinos
49,76
7,09
7,22
Bonificación reparaciones a bordo buques mercantes
0,35 euros/hora
Ayuda por estudios:
Ferrol
141.804,04 euros
Cartagena
65.561,12 euros
San Fernando
65.561,12 euros
Ayudas disminuidos físicos o psíquicos
83,22 euros
Modificación de turnos-Carenas (art. 24)
75,37 euros
Correturnos: Gratificación por cada sábado, domingo o festivo
52,18 euros/día
Correturnos: Gratificación por los días 24, 25 y 31 de Diciembre o 1 y 6 de Enero .
55,93 euros/día
Indemnización por comida y/o cena
8,04 euros
Indemnización por retraso comida:
Si el retraso es menor de hora y media
2,22 euros
Si el retraso es superior a hora y media
5,85 euros
Gratificación por desplazamiento a centro fuera del recinto de las Factorías:
Cuando diste 2 km y medio o menos
1,21 euros
Traslados (art. 14)
35,85 euros/mes
Dietas:
Desayuno
4,38 euros
Comida
28,56 euros
Cena
20,40 euros
Hotel
32,41 euros
TOTAL DIETAS
85,75 euros
Dieta diaria islas
92,06 euros
Artículo 50. Apartado 3.º: Por día de desplazamiento
20,22 euros
Por hora adicional: De Lunes a Viernes
6,11 euros
Sábados y domingos
8,14 euros
Relevo turno con solape fuera de jornada
2,35 euros/día
Bonificación de turno de día .
3,93 euros/día
Bonificación de turno de noche
10,31 euros/día
Disponibilidad Especial
93,20 euros
En horas extras
0,16 euros/hora
Polivalencia básica (Enero-Noviembre) .
61,12 euros/mes
Polivalencia básica (Diciembre).
79,12 euros/mes
Polivalencia (Tareas polivalentes)
0,255 euros/horas
Tiempo por Tiempo en Sábado
10,40 euros/día
Compensación Comedores y Economatos.
3,05 % sobre las tablas del año 2005
ANEXO III
Tablas año 2006 para los centros de trabajo de Navantia de Ferrol, Cartagena y San Fernando (3,05 por 100)
Tabla de incentivos
Nivel
Euros/mes
Entrada
266,46
V
314,19
IV
356,39
IIIs
398,59
III
452,28
IIs
512,55
II
550,88
Is
586,79
Is Asimilado
621,05
Tablas año 2006 para los centros de trabajo de Navantia de Fene, Puerto Real, Cádiz y Madrid «El Plantío»
NAF
Nivel
Euros
I
28.079,35
II
25.526,74
III
23.206,11
IV
21.096,51
V
19.178,65
VI
17.435,07
VII
15.850,13
VIII
14.409,20
Antigüedad
Nivel
Euros
I
280,79
II
255,27
III
232,06
IV
210,97
V
191,79
VI
174,35
VII
158,50
VIII
144,09
Valor base prima horaria
Nivel
Euros
IV
2,92
V
2,65
VI
2,41
VII
2,19
VIII
1,99
Valor base prima de resultados
Nivel
Euros
I
1.917,02
I
1.742,74
III
1.584,31
IV
1.440,29
V
1.309,34
VI
1.190,31
VII
1.082,11
VIII
983,74
Valores término T
Nivel
Euros
I
0,12
II
0,25
III
0,49
IV
0,71
Compensación de flexibilidad
Normal
s/Límite
Prolongación
6,43
8,58
Sábados
8,58
10,72
Domingos
10,72
12,87
Tablas año 2006 para las Oficinas Centrales de Madrid Castellana (3,05 por 100)
Anexo I
Tablas salariales
Nivel
Categoría
Sueldo
Módulo de Antigüedad
Pagas de Producción
Valor Hora Extra
Valor Hora
T x T
I
Ing. Técnico Jefe Asimilado Nivel Superior
1.979,40
949,37
1.463,36
15,06
9,88
Is
Ing. Técnico Jefe. Jefe Superior Especial
1.825,51
949,37
1.463,36
14,24
9,24
II
Ing. Técnico 1a. Jefe Superior 1a
1.670,46
949,37
1.463,36
13,45
8,60
IIs
Ing. Técnico 2a. Jefe Superior 2a
1.516,58
949,37
1.463,36
12,68
8,01
III
Delineante Proyectista. Jefe de 1a
1.381,95
949,37
1.463,36
11,97
7,40
IIIs
Delineante Especial. Jefe de 2a
1.293,68
949,37
1.463,36
11,18
6,98
IV
Delineante 1a. Oficial 1a
1.230,34
949,37
1.463,36
10,45
6,48
V
Delineante 2a. Oficial 2a
1.172,60
949,37
1.463,36
9,66
6,29
Salario de entrada
1.129,59
949,37
1.463,36
8,97
6,04
ANEXO II
Complementos, Pluses, Dietas, etc.
Euros
Plus de distancia
0,067 euros/Km
Prestación a la jubilación
282,34
Ayuda a Disminuidos Físicos y psíquicos
83,76
Indemnización por comida (descuento/día)
7,03
Indemnización por comida a personal con jornada continuada por trabajar por la tarde
8,93
Gratificación sábados, domingos y/o festivos
10,67
Dietas:
Desayuno
4,38
Almuerzo
28,56
Cena
20,40
Hotel
32,41
TOTAL
85,75
Plus de trabajos especiales nivel B
26,27
Plus de Quebranto de Moneda
0,00
Plus de trabajos especiales nivel A
47,77
Fondo de Protección al estudio
24.696,10
Compensación de Economato
203,44
Disponibilidad Especial
93,20
Polivalencia básica-Cto. coyuntural
61,12
Polivalencia básica-Cto. coyuntural (Diciembre)
79,12
Supresión Plus de comida
127,90
Anexo III
Tabla de incentivos
(Euros)
Nivel
Categoría
Incentivo Mes
Descuento Hora
I
Ing. Técnico Jefe Asimilado Nivel Superior
470,91
2,86
Is
Ing. Técnico Jefe. Jefe Superior Especial
454,38
2,76
II
Ing. Técnico 1.ª Jefe Superior 1.ª
421,34
2,55
IIs
Ing. Técnico 2.ª Jefe Superior 2.ª
388,29
2,36
III
Delineante Proyectista. Jefe de 1.ª
346,98
2,11
IIIs
Delineante Especial. Jefe de 2.ª
313,93
1,90
IV
Delineante 1.ª Oficial 1.ª
280,90
1,70
V
Delineante 2.ª Oficial 2.ª
218,93
1,32
Salario de entrada
173,49
1,05