Visto el contenido de las tablas salariales para el 2008 del Convenio Colectivo Nacional del Ciclo del Comercio del Papel y Artes Gráficas (Código de Convenio n.º 9901105), publicado en el B.O.E. de 26-02-2007, tablas que fueron suscritas con fecha 30 de enero de 2008, por la Comisión Mixta del Convenio, integrada por las Asociaciones empresariales Fande, Cegal y Anapoe, y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, firmantes de dicho Convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 11 de marzo de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DEL CICLO DE COMERCIO DE PAPEL Y ARTES GRÁFICAS
CC.OO.:
Don Francisco Ramírez Pina.
Don Emilio Durán Gonzalo. Don Bernardo Guadamuro Ureña. Doña Margarita López Higueras Díaz-Regañón.
UGT:
Doña Dolores Díez García.
Asociaciones empresariales:
Don Javier Fernández Asenjo.
Don José Manuel de Anta Carabias. Don Javier Almagro Martínez.
En Madrid a 30 de enero del 2008 y en el domicilio de la secretaría del convenio, Paseo del Prado n.º 16, 1.º, se reúnen los al margen reseñados a fin de examinar las tablas salariales que han de regir desde el día 1 de enero al 31 de diciembre del 2008 y en su caso llevar a efecto la aprobación de las mismas.
Realizado el examen del contenido de dichas tablas, se aprueban las mismas por los asistentes a fin de que a través de la secretaría se lleve a efecto la remisión para su publicación en el BOE. En prueba de conformidad firman la presente acta, dando cumplimiento a lo establecido en el convenio sobre la revisión de las retribuciones del personal comprendido en su ámbito.
(*) Este cálculo está hecho en base de una hora diaria con derecho a 15 pagas y un mes de vacaciones.
La jornada máxima laboral será de 1.772 horas anuales para el año 2008.
Tablas salariales (1 de enero de 2008 a 31 de diciembre de 2008)
(Incremento 4,5% = 4,2% IPC 2007 + 0,3% Acuerdo Convenio)
Salarios bases 08 (incremento 4.5%)
Plus lineal Total anual
Puestos de trabajo generales:
Director general
20.630,87
360,60
Titulado de grado superior
20.331,37
360,60
Director de división o de área
19.380,40
360,60
Titulado de grado medio
17.329,50
360,60
Área comercial mercantil:
Director de marketing
18.530,46
360,60
Director comercial
18.530,46
360,60
Jefe de ventas
17.330,05
360,60
Encargado general
17.330,05
360,60
Jefe de sucursal
15.779,83
360,60
Gerente de establecimiento
15.050,41
360,60
Jefe de grupo
14.628,02
360,60
Jefe de sección mercantil
14.328,65
360,60
Encargado de establecimiento
14.328,35
360,60
Escaparatista
14.278,70
360,60
Librero
14.177,81
360,60
Rotulista
13.677,74
360,60
Jefe de producto
13.526,90
360,60
Dependiente
13.178,21
360,60
Técnico en comercio exterior
12.875,93
360,60
Ejecutivo de cuentas
12.875,93
360,60
Representante
12.875,93
360,60
Lector
12.875,93
360,60
Teleoperador
12.551,71
360,60
Auxiliar de caja
12.227,52
360,60
Asistente de establecimiento
11.952,26
360,60
Área logística y servicios auxiliares:
Director de logística
18.530,46
360,60
Jefe de sección de logística
15.779,83
360,60
Jefe de almacén
15.746,70
360,60
Jefe de transporte
14.366,04
360,60
Jefe de taller
12.977,93
360,60
Encargado de unidad logística
12.933,18
360,60
Profesional de oficio 1.ª
12.933,18
360,60
Repartidor conductor
12.551,71
360,60
Profesional de oficio 2.ª
12.504,61
360,60
Operario de logística
12.065,17
360,60
Mozo-empaquetador
11.952,26
360,60
Personal de servicios auxiliares
11.952,26
360,60
Personal de limpieza (por horas)(*)
4,84
0,14
Área administración y servicios centrales: Director administrativo
18.530,46
360,60
Jefe de compras
17.330,05
360,60
Jefe de personal
17.330,05
360,60
Jefe de informática
17.330,05
360,60
Jefe financiero
17.330,05
360,60
Administrador de páginas web
17.330,05
360,60
Analista de sistemas
17.330,05
360,60
Responsable de sección
15.728,92
360,60
Contable
14.528,49
360,60
Programador
14.528,49
360,60
Documentalista
14.328,35
360,60
Asistente de dirección
13.938,04
360,60
Diseñador gráfico
13.677,74
360,60
Oficial administrativo
13.277,78
360,60
Administrativo de atención al cliente
12.727,13
360,60
Asistente de páginas web
12.727,13
360,60
Catalogador
12.727,13
360,60
Técnico de mantenimiento informático
12.590,91
360,60
Auxiliar administrativo
12.177,48
360,60
Telefonista
11.952,26
360,60
Dieta media jornada
8,08
Dieta jornada completa
11,54