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Resolución de 10 de marzo de 2020, de la Secretaría General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo, correspondiente al recurso contencioso-administrativo 377/2020, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y se notifica y emplaza a los interesados.

BOE-A-2020-4364·8 de abril de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia. El objeto principal de la Resolución es doble: 1. Acordar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 377/2020, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Este recurso fue presentado por Blanca Sofía Sánchez García, Miguel Ángel Orozco Paniagua, María Ángeles Castilla Torres y María Belén Vera López contra la desestimación presunta por silencio administrativo de una solicitud de indemnización por razón del servicio. 2. Notificar y emplazar a los interesados en el recurso contencioso-administrativo. La Resolución afecta principalmente a: Las personas que interpusieron el recurso contencioso-administrativo (Blanca Sofía Sánchez García, Miguel Ángel Orozco Paniagua, María Ángeles Castilla Torres y María Belén Vera López). A cualquier otra persona o entidad que pueda tener un interés legítimo en el resultado del recurso contencioso-administrativo. Las disposiciones más relevantes de la Resolución son: Se acuerda la remisión del expediente administrativo al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, conforme al artículo 49.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Se notifica la Resolución a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), debido a que afecta a una pluralidad indeterminada de personas. Se emplaza a los interesados para que comparezcan ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un plazo de nueve días, con el fin de defender la legalidad del acto impugnado. Se advierte que la personación fuera de plazo no interrumpirá el procedimiento y que la falta de personación oportuna implicará la continuación del procedimiento sin necesidad de notificaciones adicionales. En resumen, la Resolución es un trámite procesal necesario para que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid pueda resolver el recurso contencioso-administrativo interpuesto. Garantiza que todas las partes interesadas tengan la oportunidad de participar en el proceso judicial.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, doña Blanca Sofía Sánchez García, don Miguel Ángel Orozco Paniagua, doña María Ángeles Castilla Torres y doña María Belén Vera López han interpuesto recurso contencioso-administrativo (recurso número 377/2020), contra la desestimación presunta por silencio administrativo, de la solicitud por la que se reclama indemnización por razón del servicio.

En consecuencia, esta Secretaría General acuerda remitir el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 377/2020, remisión que se verificará conforme a lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, una vez emplazados los interesados.

Notifíquese esta Resolución conforme a lo establecido en el artículo 49.1 de dicha Ley, a los interesados mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», al afectar a una pluralidad indeterminada de los mismos, quedando emplazados para que puedan comparecer ante el referido Juzgado en el plazo de nueve días, a fin de sostener la conformidad a derecho del acto, disposición o conducta impugnados, rechazándose toda personación que pretenda cuestionar la legalidad de la resolución recurrida. Haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

Madrid, 10 de marzo de 2020.–El Secretario General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Francisco de Borja Vargues Valencia.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.