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Resolución de 10 de febrero de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el procedimiento ordinario nº 605/2004, interpuesto por doña Remedios Llorente Suarez, sobre consolidación de empleo para acceso a plazas de Facultativo Especialista de Área de Dermatología.

BOE-A-2005-4099·11 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Secretaría General Técnica que emplaza a los interesados en el procedimiento contencioso-administrativo nº 605/2004, interpuesto por Remedios Llorente Suarez. El objeto del procedimiento es la impugnación de la resolución sobre las calificaciones finales del proceso de consolidación de empleo para Facultativo Especialista de Área de Dermatología. Afecta a quienes tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado, quienes pueden personarse como demandados en el plazo de nueve días desde la publicación en el BOE.

De conformidad con lo establecido en el art. ª Remedios Llorente Suárez, contra resolución de 10 de septiembre de 2004, desestimatoria del recurso de reposición formulado frente a la de 9 de diciembre de 2003, por la que se dispone la publicación de las calificaciones finales otorgadas por el Tribunal en la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Facultativo Especialista de Área de Dermatología en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, convocado por Orden de 4 de diciembre de 2001. Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como demandados, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en la forma establecida en la repetida Ley.

-El Secretario General Técnico, José Ignacio Vega Labella.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.