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Resolución de 10 de agosto de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Apéndice al Convenio de Delegación de la Unión Europea, para la ejecución de la acción "Apoyo al desarrollo del talento humano, innovación y transferencia de tecnología en el Ecuador".

BOE-A-2020-9865·19 de agosto de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) que publica el Apéndice n.º 1 al Convenio de Delegación entre la Unión Europea y la AECID. Objeto principal: El Apéndice modifica el convenio original (DCI/AL/2017/386-673) para la ejecución de la acción "Apoyo al desarrollo del talento humano, innovación y transferencia de tecnología en el Ecuador". Las modificaciones principales se refieren al período de aplicación del convenio, el plazo para la firma de contratos necesarios para la aplicación del convenio, el coste total de la acción y la financiación por parte de la Unión Europea, así como los importes y modalidades de pago. A quién afecta: Afecta principalmente a la AECID, como entidad responsable de la ejecución del proyecto en Ecuador, a la Unión Europea, como financiadora del proyecto, y, de manera indirecta, a los beneficiarios del proyecto en Ecuador, relacionados con el desarrollo del talento humano, la innovación y la transferencia de tecnología. Disposiciones más relevantes: Modificación del período de aplicación: Se confirma que el período de aplicación del convenio es de 54 meses a partir del 1 de enero de 2018. Plazo de contratación: Se establece que la AECID debe firmar los contratos necesarios para la aplicación del convenio en un plazo máximo de 48 meses a partir de la fecha de entrada en vigor del mismo. Financiación: Se ajusta el coste total de la acción a 1.397.648 euros, con una contribución máxima de la UE de 1.200.000 euros. Modalidades de pago: Se especifican los importes de los tres tramos de prefinanciación (303.246 €, 580.869 € y 315.885 € respectivamente) y se prevé un saldo final de 0 €. Anexos:** Se adjuntan las nuevas versiones del Anexo I (Acuerdo de delegación de la Unión Europea. Support measures en Ecuador) y del Anexo III (Presupuesto de la acción). El Apéndice entra en vigor en la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado Español.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Apéndice n.º 1 del Convenio de Delegación entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Unión Europea para la ejecución de la acción «Apoyo al desarrollo del talento humano, innovación y transferencia de tecnología en el Ecuador» DCI/AL/2017/386-673, anexo a esta Resolución.

Asimismo, se indica que la nueva versión de los anexos I, III modificados por el Apéndice n.º 1 se encuentran disponibles en la sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es).

Madrid, 10 de agosto de 2020.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.S. (Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre), la Jefa del Departamento de Cooperación Sectorial, Miriam Ciscar Blat.

ANEXO

Apéndice n.º 1 del Convenio de Delegación n.º DCI AL/2017/386-673

La Unión Europea, representada por la Comisión Europea, en lo sucesivo «el Órgano de Contratación», por una parte, y (en lo sucesivo denominado «el Órgano de Contratación»), de una parte, y, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo–AECID. Avenida de los Reyes Católicos, 4, 28004 Madrid, España (en lo sucesivo denominado «la organización»), de otra parte, han convenido lo siguiente:

Las siguientes disposiciones del contrato «Apoyo al desarrollo del talento humano, innovación y transferencia de tecnología en el Ecuador» (DCI/AL/2017/386-673), firmado entre el Órgano de Contratación y el coordinador de la Oficina Técnica de Cooperación de la AECID en Ecuador el 20.11.2017 (en lo sucesivo denominado «el Convenio») serán sustituidas o completadas del siguiente modo:

Cláusula 2. Entrada en vigor, período de aplicación y plazo de contratación.

2.3 El período de aplicación del presente Convenio, según lo establecido en el anexo I, será de 54 meses a partir del comienzo del periodo de aplicación el 01.01.2018.

2.4 La organización firmará los distintos contratos y contratos de subvención necesarios para la aplicación del presente convenios: a más tardar 48 meses a partir de la fecha de entrada en vigor del mismo.

Cláusula 3. Financiación de la Informes descriptivos y financieros y modalidades de pago.

3.1 Se calcula que el coste total de la acción será de 1.397.648 euros, conforme lo establecido en el anexo III. El Órgano de contratación se compromete a aportar una contribución de la UE por un importe máximo de 1.200.000 euros. El importen final se determinará de conformidad con las cláusulas 18 a 20 del anexo II.

Cláusula 4. Informes descriptivos y financieros y modalidades de pago.

4.2 Los pagos se realizarán de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19 del anexo II. Se aplicará los siguientes importes, siempre a reserva de las disposiciones del anexo II:

Primer pago de prefinanciación: 303.246 €.

Segundo tramo de prefinanciación: 580.869 €.

Tercer tramo de prefinanciación: 315.885 €.

Saldo previsto 0 €.

Se adjunta al presente apéndice la nueva versión del anexo I: Acuerdo de delegación de la Unión Europea. Support measures en Ecuador y del anexo III: Presupuesto de la acción.

Seguirán siendo aplicables las restantes condiciones del contrato. El presente apéndice forma parte integra del Acuerdo y entrará en vigor en la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado Español. La Organización comunicará sin demora por escrito la fecha de publicación a la autoridad contratante.

Hecho en Quito en español en dos originales, uno para el Órgano de Contratación y otro original para la Organización.–Por la Organización, la Presidenta de la AECID, P.D. (Resolución 2 de Julio de 2009, el Director de AECID), P.S. (artículo 18 Estatuto AECID), la Directora de Cooperación con América Latina y el Caribe, por delegación de firma (Resolución de 5 de junio de 2020), el Coordinador General de Cooperación Española en Ecuador, Rafael Hermenegildo García Hernández.–Por el Órgano de Contratación, la Jefa de Cooperación de la Delegación de la Unión Europea en Ecuador, Andrea Ferrari-Bravo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.