resolucionVigente

Resolución de 1 de septiembre de 2009, de la Secretaría General Técnica, sobre la adhesión de la República Dominicana al Convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961 (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" núm. 229, de 25 de septiembre de 1978).

BOE-A-2009-14407·10 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución sobre la adhesión de la República Dominicana al Convenio de La Haya que suprime la legalización de documentos públicos extranjeros. Afecta a la validez de documentos entre España y República Dominicana, eliminando la necesidad de legalización. La autoridad dominicana competente para emitir la apostilla es la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. Alemania, Austria, Bélgica y Países Bajos objetaron la adhesión, por lo que el convenio no aplica entre estos países y República Dominicana.

República Dominicana.

Adhesión 12-12-2008.

Entrada en vigor de forma general y para España el 30-08-2009.

Alemania, Austria, Bélgica y Países Bajos han presentado una objeción a la Adhesión de la República Dominicana, por lo tanto el Convenio no entra en vigor entre la República Dominicana y estos Estados contratantes.

El 12-12-2008 la República Dominicana de conformidad con el Artículo 6 del Convenio ha declarado que la autoridad dominicana competente prevista en el primer párrafo del artículo 3 del mencionado Convenio, para emitir la apostilla es:

Sección de Legalizaciones del Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 1 de septiembre de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio Cosano Pérez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.