resolucionVigente

Resolución de 1 de octubre de 2019, de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica anexo II al Convenio de colaboración con la Universidad Carlos III de Madrid, para articular la concesión de ayudas, en el marco de un procedimiento de concurrencia competitiva.

BOE-A-2019-14232·4 de octubre de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una resolución de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) que publica el Anexo II a un convenio de colaboración previo (14 de mayo de 2019) con la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M). El objeto principal del convenio es articular la concesión de ayudas a estudiantes en el marco de un procedimiento de concurrencia competitiva convocado por la AIReF. A quién afecta: AIReF: Como entidad concedente de las ayudas y responsable de la supervisión fiscal. UC3M: Como entidad colaboradora en la gestión de las becas y receptora de los fondos. Estudiantes de la UC3M: Específicamente aquellos que han sido seleccionados para las becas en el marco del convenio. Disposiciones más relevantes: El Anexo II modifica el Anexo I del convenio original debido a renuncias de estudiantes a las becas inicialmente asignadas. Se sustituyen becas por otras, incluyendo una nueva beca de evaluación de beneficios fiscales. Se detalla la cantidad total que la UC3M recibirá (100.500 euros) para el pago de las becas a los estudiantes seleccionados. Se especifica el sistema de pago: un primer pago del 80% a la firma del anexo y un segundo pago del 20% restante al finalizar el convenio, previa justificación del uso de los fondos. Se menciona la reunión de la Comisión Mixta del 24 de septiembre de 2019, que validó las modificaciones en la asignación de las becas. El documento formaliza el acuerdo entre la AIReF y la UC3M para la gestión y financiación de las becas, asegurando la continuidad del programa de colaboración.

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universidad Carlos III de Madrid han suscrito, con fecha 1 de octubre de 2019, el anexo II al Convenio de colaboración de 14 de mayo de 2019 por el que se articula la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 19 de febrero de 2019, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (BOE de 26 de febrero de 2019), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se incluye como anexo a esta resolución.

Madrid, 1 de octubre de 2019.–El Presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, José Luis Escrivá Belmonte.

ANEXO

1 de octubre de 2019.

ANEXO II

Al Convenio de colaboración suscrito el 14 de mayo de 2019 entre la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universidad Carlos III de Madrid para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva convocado por Resolución de 19 de febrero de 2019, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (BOE de 26 de febrero de 2019)

REUNIDOS

De una parte, don José Luis Escrivá Belmonte, en nombre y representación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, nombrado Presidente mediante Real Decreto del Consejo de Ministros de 21 de febrero de 2014 (BOE de 22 de febrero de 2014) y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo con el artículo 25 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y también en el artículo 25 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico.

Y de otra parte, don Juan Romo Urroz, con domicilio a efectos del presente protocolo general de colaboración en calle Madrid, n.º 126, C.P. 28903 Getafe (Madrid), en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, nombrado por Decreto 14/2019, de 26 de marzo (BOCM 28 de marzo de 2019, n.º 74), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el art. 47 de los Estatutos de la Universidad Carlos III aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente anexo II, y a tal efecto

MANIFIESTAN

Primero.

En virtud del anexo I al Convenio de Convenio de Colaboración de 19 de julio (BOE 25 de julio), se acordó la incorporación a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal de los siguientes alumnos en prácticas:

Segundo.

Por razones personales, doña Nora Antonieta Jiménez Salas ha comunicado, con fecha posterior a la firma del anexo I, que renuncia a la beca de presentación de información económico-financiera de las Corporaciones Locales.

Por razones laborales, don Guillermo Luna González ha comunicado, con fecha posterior a la firma del anexo I, que renuncia a la beca de comunicación institucional.

Además, una alumna de otra Universidad ha renunciado a la beca de previsiones macroeconómicas, y el siguiente alumno con mejor puntuación pertenece a la Universidad Carlos III.

Tercero.

Reunida el 24 de septiembre de 2019 la Comisión Mixta prevista en la cláusula decimoquinta del Convenio de Colaboración, se ha comprobado que, para las becas de previsiones macroeconómicas y comunicación institucional, entre los alumnos preseleccionados inicialmente, las personas con la puntuación más alta y que han aceptado las becas propuestas son las que se indican en la tabla recogida más abajo.

Por otra parte, al quedar la beca de presentación económico-financiera de las Corporaciones Locales desierta, se ha propuesto otro perfil denominado beca de evaluación de beneficios fiscales, que también se ha otorgado a un alumno de la Universidad Carlos III.

Como consecuencia de lo expuesto, ambas partes

ACUERDAN

La Universidad Carlos III de Madrid recibirá la cantidad de 100.500 euros, que destinará al abono mensual de la beca a los alumnos seleccionados en los anexos I y II, conforme a lo establecido en la Base 6 de la Resolución de 12 de febrero de 2018 y en la cláusula Decimocuarta del Convenio de Colaboración, de acuerdo con el siguiente sistema de pago:

– 80.400 euros a la firma del presente anexo. Esta cantidad se corresponde con el 80% de la ayuda establecida para los alumnos seleccionados.

– 20.100 euros correspondientes al 20 % restante, una vez concluido el Convenio de Colaboración, en el momento de la liquidación, previa justificación de la aplicación de los fondos públicos recibidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la cláusula Decimocuarta del Convenio de Colaboración suscrito.

La fecha de este anexo será la correspondiente a la última de las firmas de los representantes de las partes.–Por la Universidad Carlos III de Madrid, Juan Romo Urroz.–Por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, José Luis Escrivá Belmonte.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.