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Resolución de 1 de junio de 2009, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 891/2009, interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, de la Audiencia Nacional, sección quinta, y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2009-11307·8 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Dirección General de Política Universitaria del gobierno español. Su objeto principal es doble: primero, ordenar la remisión del expediente administrativo relacionado con el recurso contencioso-administrativo número 891/2009 a la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª; y segundo, emplazar a los interesados en dicho recurso a personarse ante la Audiencia Nacional. A quién afecta: Esta resolución afecta directamente a la Asociación de Ingenieros e Ingenieros Técnicos en Informática (ALI), al Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de Castilla La Mancha, al Colegio de Ingenieros Técnicos en Informática de La Comunidad Valenciana, quienes interpusieron el recurso contencioso-administrativo. Además, afecta a todas aquellas personas físicas y jurídicas que puedan verse afectadas por la Orden CIN/352/2009, de 9 de febrero de 2009, y que puedan tener un interés directo en el resultado del proceso judicial. Disposiciones más relevantes: Remisión del Expediente: Se ordena la remisión del expediente administrativo relativo al recurso contencioso-administrativo 891/2009 a la Audiencia Nacional. Este expediente contiene la información y documentación que sirvió de base para la emisión de la Orden CIN/352/2009, la cual es objeto de impugnación. Emplazamiento a los Interesados: Se emplaza a todas las personas físicas y jurídicas que puedan tener un interés directo en la resolución del recurso contencioso-administrativo a comparecer y personarse ante la Audiencia Nacional en un plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la resolución. Esto les permite defender sus intereses en el proceso judicial. Objeto del Recurso:** El recurso contencioso-administrativo 891/2009 se interpone contra la Orden CIN/352/2009, que establece los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico de Telecomunicación. Esto sugiere que los recurrentes consideran que dicha orden es perjudicial para sus intereses o que no cumple con la legislación vigente.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Boletín Oficial del Estado de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5.ª, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 891/2009, interpuesto por la Asociación de Ingenieros e Ingenieros Técnicos en Informática (ALI), Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de Castilla La Mancha, Colegio de Ingenieros Técnicos en Informática de La Comunidad Valenciana, contra la Orden CIN/352/2009, de 9 de febrero de 2009 por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales, que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico de Telecomunicación.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución recurrida y a quienes tuvieran interés directo para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.

Madrid, 1 de junio de 2009.–El Director General de Política Universitaria, Felipe Pétriz Calvo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.