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Resolución de 1 de julio de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2022-10957·2 de julio de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución emitida el 1 de julio de 2022 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los precios de venta al público (PVP) actualizados de determinadas labores de tabaco en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. La resolución afecta directamente a los fabricantes e importadores de tabaco, a los expendedores de tabaco y timbre, y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en España. Las disposiciones más relevantes son: Fijación de Precios: Se establecen los precios de venta al público (PVP), incluyendo los impuestos correspondientes, para una lista específica de cigarros y cigarrillos en la Península e Islas Baleares. Precios en Ceuta y Melilla: Se establecen los precios de venta al público (PVP), incluyendo los impuestos correspondientes, para una lista específica de tabaco de mascar en Ceuta y Melilla. Entrada en Vigor:** La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En resumen, la resolución actualiza los precios de venta al público de ciertos productos de tabaco en todo el territorio español, diferenciando entre la Península e Islas Baleares y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, y entra en vigor de forma inmediata tras su publicación en el BOE. La base legal para esta resolución es la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos, y normativa tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

A) CIGARROS Y CIGARRITOS

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

A) TABACO DE MASCAR

Tercero.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de julio de 2022.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.