En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área de Península y Baleares, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.
Primero.
Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:
Segundo.
La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de agosto de 2025.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.