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Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo, correspondiente al recurso contencioso-administrativo 90/2018, interpuesto ante el Juzgado Central Contencioso-Administrativo nº 12 y se notifica y emplaza a los interesados.

BOE-A-2018-12001·31 de agosto de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General de la Administración de Justicia. Su objeto principal es doble: primero, ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 90/2018 al Juzgado Central Contencioso-Administrativo nº 12; y segundo, notificar y emplazar a los interesados en dicho recurso. La resolución afecta a una pluralidad indeterminada de personas que puedan tener interés en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Doña Marta Mena Ochoa contra la desestimación presunta de su solicitud de indemnización por razón del servicio. Las disposiciones más relevantes son: Orden de remisión del expediente: Se ordena la remisión del expediente administrativo al Juzgado Central Contencioso-Administrativo nº 12, en cumplimiento del artículo 49.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Notificación y emplazamiento: Se notifica la interposición del recurso a los interesados mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), debido a que son una pluralidad indeterminada. Se les emplaza a comparecer ante el Juzgado en un plazo de nueve días para defender la legalidad del acto impugnado. Consecuencias de la falta de personación: Se advierte a los interesados que la personación fuera del plazo establecido no implicará la retroacción o interrupción del procedimiento. Si no se personan oportunamente, el procedimiento continuará sin necesidad de notificaciones adicionales. Limitación de la personación: Se rechaza cualquier personación que pretenda cuestionar la legalidad de la resolución recurrida, enfocándose en la defensa del acto impugnado.

Ante el Juzgado Central Contencioso-Administrativo n.º 12, doña Marta Mena Ochoa ha interpuesto el recurso contencioso-administrativo (procedimiento abreviado 90/2018), contra la desestimación presunta por silencio administrativo, de la solicitud reclamando indemnización por razón del servicio.

En consecuencia, esta Secretaría General acuerda remitir el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 90/2018, remisión que se verificará conforme a lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, una vez emplazados los interesados.

Notifíquese esta Resolución conforme a lo establecido en el artículo 49.1 de dicha Ley, a los interesados mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», al afectar a una pluralidad indeterminada de los mismos, quedando emplazados para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días, a fin de sostener la conformidad a derecho del acto, disposición o conducta impugnados, rechazándose toda personación que pretenda cuestionar la legalidad de la resolución recurrida. Haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

Madrid, 1 de agosto de 2018.–El Secretario General de la Administración de Justicia, Antonio Viejo Llorente.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.