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Resolución 160/38067/2019, de 1 de marzo, de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 76/2019, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, con sede en Las Palmas de Gran Canaria.

BOE-A-2019-4047·20 de marzo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 76/2019, interpuesto por Daniel López Jiménez contra la resolución que le declaró "no apto" para el ingreso en la Escala de Cabos y Guardias, tras la revisión de la prueba de entrevista personal. Afecta a aquellos que tengan interés en el resultado de dicho recurso. Se les notifica para que puedan comparecer ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de nueve días.

***) ha interpuesto recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Ordinario número 76/2019, contra la Resolución núm. 838 de 3 de enero de 2019, del General Jefe de la Jefatura de Enseñanza, por la que se desestimaba el Recurso de Alzada interpuesto por el recurrente contra la Resolución de fecha 15 de septiembre de 2018, del Tribunal de Selección, por la que se publica el resultado obtenido por los aspirantes tras la revisión de la calificación de la prueba de entrevista personal realizada el día 11 de septiembre, declarando al aspirante como «no apto» para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias, publicada por Resolución 160/38090/2018, de 30 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil («BOE» núm. 106).

1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» número 167), para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días a contar desde la publicación de la presente Resolución. –El General Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, Francisco Espadas Santana.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.