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Recurso de inconstitucionalidad número 5174-2003, en relación con el artículo 8 de la Ley del País Vasco 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho.

BOE-A-2005-182·5 de enero de 2005·Ver en boletín oficial ↗

Resumen

El Tribunal Constitucional, mediante Auto de fecha 14 de diciembre de 2004, resuelve el recurso de inconstitucionalidad número 5174-2003, interpuesto contra el artículo 8 de la Ley del País Vasco 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho. La resolución se basa en el desistimiento del Abogado del Estado, quien representaba legalmente al Estado en este proceso. Al desistir el representante del Estado, el Tribunal Constitucional considera que no hay razón para continuar con el análisis de la constitucionalidad del artículo impugnado. En consecuencia, el Tribunal Constitucional acuerda tener por desistido al Abogado del Estado del recurso de inconstitucionalidad y declara extinguido el proceso. Esto significa que el Tribunal no se pronuncia sobre la constitucionalidad del artículo 8 de la Ley del País Vasco 2/2003, y la ley permanece vigente tal como fue aprobada.

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