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Recurso de inconstitucionalidad n.º 874-2022, contra los artículos 2.2; 5.1.2.5 y 6; 7 a); 8; 9.1; 11.1.d) y 2.e) tercer guion y la disposición final primera de la Ley 5/2021, de 5 de noviembre, reguladora del Fondo de Cooperación Municipal de los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunitat Valenciana.

BOE-A-2022-4288·18 de marzo de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional que informa sobre la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad n.º 874-2022. Objeto principal: El recurso impugna la constitucionalidad de varios artículos (2.2; 5.1.2.5 y 6; 7 a); 8; 9.1; 11.1.d) y 2.e) tercer guion) y la disposición final primera de la Ley 5/2021, de 5 de noviembre, reguladora del Fondo de Cooperación Municipal de los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunitat Valenciana. A quién afecta: La Ley 5/2021 afecta directamente a los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana, ya que regula el Fondo de Cooperación Municipal, que es un mecanismo de financiación para estas entidades. Indirectamente, afecta a los ciudadanos de la Comunitat Valenciana, ya que la distribución de estos fondos impacta en los servicios y proyectos que se pueden llevar a cabo a nivel local. El recurso de inconstitucionalidad, por tanto, afecta a la aplicación de esta ley y, en consecuencia, a la financiación de los municipios y entidades locales menores. Disposiciones más relevantes impugnadas (según la información disponible): Aunque la providencia no detalla los motivos del recurso, el hecho de que se impugnen varios artículos sugiere que los recurrentes (más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso) consideran que la Ley 5/2021, en sus partes impugnadas, podría vulnerar la Constitución Española. Los artículos impugnados regulan aspectos clave del Fondo de Cooperación Municipal, tales como: Artículos 2.2; 5.1.2.5 y 6; 7 a); 8; 9.1; 11.1.d) y 2.e) tercer guion: Es probable que estos artículos definan la estructura, los criterios de distribución, los beneficiarios, la gestión y el control del Fondo de Cooperación Municipal. Disposición final primera: Esta disposición podría contener aspectos relacionados con la entrada en vigor de la ley o modificaciones de otras normativas. La admisión a trámite del recurso implica que el Tribunal Constitucional considera que existen argumentos suficientes para analizar si los artículos impugnados de la Ley 5/2021 son conformes a la Constitución. El Tribunal deberá ahora estudiar el fondo del asunto y dictar una sentencia que determine si la ley es o no constitucional en las partes impugnadas.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de marzo de 2022, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 874-2022, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso, contra los artículos 2.2; 5.1.2.5 y 6; 7 a); 8; 9.1; 11.1.d) y 2.e) tercer guion y la disposición final primera de la Ley 5/2021, de 5 de noviembre, reguladora del Fondo de Cooperación Municipal de los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunitat Valenciana.

Madrid, 11 de marzo de 2022.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

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