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Recurso de inconstitucionalidad n.º 7007-2021, contra el artículo Segundo.Dos del Real Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, por el que se adoptan medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, por la redacción que confiere a los apartados 1 y 7 c) del artículo 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

BOE-A-2022-1651·2 de febrero de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional español que anuncia la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad n.º 7007-2021. Objeto principal: El recurso impugna la constitucionalidad del artículo Segundo.Dos del Real Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto. Este artículo modifica, a su vez, los apartados 1 y 7.c) del artículo 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo. Ambos Reales Decretos-leyes están relacionados con medidas de protección social y económicas adoptadas para mitigar los efectos de la pandemia de COVID-19. En esencia, el recurso cuestiona la legalidad de la modificación introducida por el RDL 16/2021 sobre las medidas originales del RDL 11/2020. A quién afecta: Afecta, en principio, a todos los ciudadanos y entidades que se vean impactados por las medidas de protección social y económica reguladas en los Reales Decretos-leyes mencionados. Más específicamente, afecta a aquellos que se benefician o se ven perjudicados por las modificaciones introducidas por el artículo Segundo.Dos del RDL 16/2021. Indirectamente, afecta a la seguridad jurídica y al ordenamiento constitucional español, ya que el Tribunal Constitucional deberá determinar si la modificación legal impugnada se ajusta o no a la Constitución. Disposiciones más relevantes: La disposición más relevante es la admisión a trámite del recurso. Esto significa que el Tribunal Constitucional considera que el recurso presentado por el Grupo Parlamentario Vox cumple con los requisitos formales y de fondo mínimos para ser analizado. La admisión a trámite no implica que el Tribunal Constitucional considere que el recurso sea fundado, sino que se abre un proceso en el que se analizarán los argumentos de las partes y se dictará una sentencia que determine si el artículo impugnado es o no conforme a la Constitución. El documento no detalla los argumentos específicos del recurso, sino que se limita a informar sobre su admisión a trámite.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de enero de 2022, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 7007-2021, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox, contra el artículo Segundo.Dos del Real Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, por el que se adoptan medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, por la redacción que confiere a los apartados 1 y 7.c) del artículo 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Madrid, 27 de enero de 2022.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.