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Recurso de Inconstitucionalidad nº 6523-2011, contra la disposición final primera del Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto, por el que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y se regulan competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico.

BOE-A-2012-1133·25 de enero de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional de España que informa sobre la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad nº 6523-2011. El objeto principal del recurso es la disposición final primera del Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto. Este Real Decreto-ley aborda dos temas principales: la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y la regulación de competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico. La disposición final primera, específicamente, es la que se considera potencialmente inconstitucional. El recurso de inconstitucionalidad ha sido promovido por Las Cortes Valencianas, lo que significa que la Generalitat Valenciana considera que la disposición final primera del Real Decreto-ley 12/2011 vulnera la Constitución Española, presumiblemente en lo que respecta a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las disposiciones más relevantes son, por tanto, la disposición final primera del Real Decreto-ley 12/2011 (que es la impugnada) y las normas constitucionales que Las Cortes Valencianas consideran infringidas. El documento en sí no detalla cuáles son estas normas constitucionales, pero se deduce que la controversia gira en torno a la distribución de competencias en materia de dominio público hidráulico. La admisión a trámite del recurso significa que el Tribunal Constitucional considera que existen argumentos suficientes para analizar si la disposición impugnada es conforme a la Constitución. El resultado de este análisis podría afectar la forma en que se gestionan las competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de enero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 6523-2011, promovido por Las Cortes Valencianas, contra la disposición final primera del Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto, por el que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y se regulan competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico.

Valencia, 13 de enero de 2012.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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