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Recurso de Inconstitucionalidad nº 6363-2011, contra la disposición final primera del Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto, por el que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y se regulan competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico.

BOE-A-2012-1131·25 de enero de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional de España que informa sobre la admisión a trámite del Recurso de Inconstitucionalidad nº 6363-2011. El recurso ha sido interpuesto por el Consell de la Generalitat Valenciana. El objeto principal del recurso es la disposición final primera del Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto. Este Real Decreto-ley modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para dos fines principales: 1. La aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques. 2. La regulación de competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico. El recurso de inconstitucionalidad, por tanto, cuestiona la constitucionalidad de la disposición final primera del Real Decreto-ley, presumiblemente por considerar que invade competencias autonómicas de la Generalitat Valenciana en materia de dominio público hidráulico. A quién afecta: Principalmente, a la Generalitat Valenciana, que considera que sus competencias se ven afectadas. Potencialmente, a otras Comunidades Autónomas con competencias similares en materia de dominio público hidráulico. Indirectamente, a todos los ciudadanos y entidades que puedan verse afectados por la aplicación de la normativa sobre dominio público hidráulico. Disposiciones más relevantes:** La disposición final primera del Real Decreto-ley 12/2011 es la que se impugna, pero el documento no especifica su contenido exacto. Se deduce que esta disposición modifica aspectos relacionados con las competencias autonómicas en la policía del dominio público hidráulico, lo que ha motivado el recurso por parte de la Generalitat Valenciana. La admisión a trámite del recurso significa que el Tribunal Constitucional considera que existen fundamentos suficientes para analizar si la disposición final primera del Real Decreto-ley es conforme a la Constitución Española.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de enero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 6363-2011, promovido por el Consell de la Generalitat Valenciana, contra la disposición final primera del Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto, por el que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y se regulan competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico.

Valencia, 13 de enero de 2012.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.