El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 1 del Libro Cuarto del Código Civil de Cataluña; artículo 10 en la redacción que da a la disposición adicional tercera del Libro Cuarto del Código Civil de Cataluña; artículo 11 en la redacción que da a la disposición final quinta del Libro Cuarto del Código Civil de Cataluña; y la disposición final primera de la propia Ley de Cataluña 10/2017. 2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –29 de septiembre de 2017– para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.