El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 4315-2015, promovido por el Presidente del Gobierno, contra los arts. 3 y la disposición adicional tercera de la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears.
Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art. 2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –20 de julio de 2015– para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros. –La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.