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Recurso de inconstitucionalidad n.º 414-2013, contra los artículos 1.Uno, Dos y Tres; 4.Uno, Cuatro, Cinco y Catorce; 6, apartados 2 y 3; 8.Dos; 10.Cuatro y disposición final sexta.Uno del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

BOE-A-2013-1958·22 de febrero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional de España que anuncia la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad número 414-2013. El recurso ha sido interpuesto por el Gobierno de Cataluña. El objeto principal del recurso es impugnar la constitucionalidad de varios artículos del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, que establece medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS) y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. Los artículos impugnados son: 1.Uno, Dos y Tres; 4.Uno, Cuatro, Cinco y Catorce; 6, apartados 2 y 3; 8.Dos; 10.Cuatro y disposición final sexta.Uno. Este recurso afecta, en principio, a todos los ciudadanos españoles, ya que el Real Decreto-ley 16/2012 modifica aspectos importantes del Sistema Nacional de Salud. Sin embargo, afecta de manera más directa al Gobierno de Cataluña, que considera que los artículos impugnados vulneran sus competencias autonómicas en materia de sanidad. La providencia no detalla las razones específicas por las que el Gobierno de Cataluña considera inconstitucionales los artículos del Real Decreto-ley. Simplemente anuncia que el Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso, lo que significa que considera que existen argumentos suficientes para analizar si los artículos impugnados son o no conformes a la Constitución Española. La admisión a trámite no implica que el Tribunal Constitucional vaya a declarar la inconstitucionalidad de los artículos impugnados, sino que se abre un proceso en el que se analizarán los argumentos de ambas partes (el Gobierno de Cataluña y el Gobierno de España) y se dictará una sentencia.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 414-2013, promovido por el Gobierno de Cataluña contra los artículos 1.Uno, Dos y Tres; 4.Uno, Cuatro, Cinco y Catorce; 6, apartados 2 y 3; 8.Dos; 10.Cuatro y disposición final sexta.Uno del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

Madrid, 12 de febrero de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.