resolucionVigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 344-2019, contra la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de la Generalitat, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana, en los artículos 2.3, 12, 13 a 17, 36, 50 apartados 2, 3, 4 y 5, disposición transitoria única párrafo segundo y anexo.

BOE-A-2019-2366·21 de febrero de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley 21/2018 de la Generalitat Valenciana sobre mancomunidades. El recurso, presentado por diputados del Grupo Parlamentario Popular, cuestiona la constitucionalidad de los artículos 2.3, 12, 13 a 17, 36, 50 apartados 2 a 5, la disposición transitoria única (párrafo segundo) y el anexo de dicha ley, afectando a la regulación de las mancomunidades en la Comunitat Valenciana.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 344-2019, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Popular, contra la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de la Generalitat, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana, en los artículos 2.3, 12, 13 a 17, 36, 50 apartados 2, 3, 4 y 5, disposición transitoria única párrafo segundo y anexo.

Madrid, 12 de febrero de 2019.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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