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Recurso de inconstitucionalidad n.º 2065-2019, contra la Disposición Transitoria octava y los apartados 2 d) y 2 e) de la Disposición Derogatoria única, del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

BOE-A-2019-7142·14 de mayo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional de España que informa sobre la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad número 2065-2019. Objeto principal: El objeto principal de la providencia es notificar la admisión a trámite del recurso interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco contra determinados artículos del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. A quién afecta: Esta providencia afecta directamente al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco, como parte recurrente, y al Gobierno de España, como emisor del Real Decreto-Ley impugnado. Indirectamente, afecta a todos los ciudadanos y entidades que puedan verse afectados por la aplicación de las disposiciones del Real Decreto-Ley que han sido objeto del recurso. Disposiciones más relevantes: Disposición Transitoria Octava del Real Decreto-Ley 28/2018: Esta disposición transitoria probablemente regula aspectos temporales o de transición relacionados con la aplicación de las medidas contenidas en el Real Decreto-Ley, y es uno de los puntos centrales de la impugnación. Apartados 2.d) y 2.e) de la Disposición Derogatoria Única del Real Decreto-Ley 28/2018: Estos apartados especifican las normas que quedan derogadas como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley. La impugnación de estos apartados sugiere que el País Vasco considera que la derogación de estas normas afecta a sus competencias o derechos. En resumen, la providencia informa que el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso contra ciertos aspectos del Real Decreto-Ley 28/2018, lo que implica que el Tribunal analizará si esas disposiciones son conformes a la Constitución Española. El País Vasco considera que estas disposiciones vulneran sus competencias o derechos. La admisión a trámite no prejuzga el resultado final del recurso, sino que simplemente da inicio al proceso de análisis constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2065-2019, promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco, contra la disposición transitoria octava y los apartados 2.d) y 2.e) de la disposición derogatoria única del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

Madrid, 7 de mayo de 2019.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.