resolucionVigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 1993-2023, contra el artículo 3 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias.

BOE-A-2023-11733·18 de mayo de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una providencia del Tribunal Constitucional de España que informa sobre la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad n.º 1993-2023. Objeto principal: El objeto principal es la admisión a trámite de un recurso presentado contra el artículo 3 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre. Esta ley establece gravámenes temporales sobre las empresas energéticas y las entidades de crédito y financieras, además de crear el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. El artículo 3 específicamente se refiere a una parte de esta ley, aunque el documento no detalla qué aspecto concreto del artículo se impugna. A quién afecta: El recurso de inconstitucionalidad afecta, en primer lugar, al Tribunal Constitucional, que deberá analizar la constitucionalidad del artículo impugnado. Indirectamente, afecta al Gobierno de España, como promotor de la ley, y a las empresas energéticas, entidades de crédito y financieras, y a las grandes fortunas que se ven afectadas por los gravámenes e impuestos establecidos en la Ley 38/2022. También afecta, en última instancia, a todos los ciudadanos españoles, ya que las decisiones del Tribunal Constitucional tienen un impacto en el sistema legal y económico del país. De manera más directa, afecta a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que es quien presenta el recurso. Disposiciones más relevantes: La disposición más relevante es la admisión a trámite del recurso. Esto significa que el Tribunal Constitucional considera que el recurso cumple con los requisitos formales para ser analizado y que existe una base para considerar que el artículo 3 de la Ley 38/2022 podría ser inconstitucional. La admisión a trámite no prejuzga el resultado final del recurso, pero implica que el Tribunal Constitucional estudiará a fondo los argumentos presentados por la Región de Murcia. El documento no detalla los argumentos específicos del recurso, pero la presentación del mismo sugiere que la Región de Murcia considera que el artículo 3 de la Ley 38/2022 vulnera la Constitución Española, posiblemente en lo relativo a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, o en relación con principios constitucionales tributarios.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de mayo de 2023, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1993-2023, promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, contra el artículo 3 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias.

Madrid, 9 de mayo de 2023.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.