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Recurso de inconstitucionalidad n.º 1258-2023, contra el artículo 3 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias.

BOE-A-2023-7655·25 de marzo de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional de España que informa sobre la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad n.º 1258-2023. Objeto principal: El recurso de inconstitucionalidad se dirige contra el artículo 3 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre. Este artículo forma parte de una ley que establece gravámenes temporales sobre el sector energético y las entidades financieras, y que además crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. A quién afecta: Formalmente, la admisión a trámite afecta al Tribunal Constitucional, que deberá estudiar la constitucionalidad del artículo impugnado. Indirectamente, afecta al Gobierno de España (autor de la ley), a las empresas energéticas y entidades financieras sujetas a los gravámenes temporales, a los contribuyentes sujetos al Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, y a la comunidad autónoma de Andalucía, que es la que interpone el recurso. Disposiciones más relevantes: Admisión a trámite: El Tribunal Constitucional ha considerado que el recurso presentado por el Consejo de Gobierno de Andalucía cumple con los requisitos formales para ser analizado. Esto no implica que el Tribunal considere que el artículo 3 de la Ley 38/2022 sea inconstitucional, sino que existen argumentos suficientes para iniciar un proceso de estudio y deliberación. Artículo 3 de la Ley 38/2022: Este artículo es el centro del recurso. La providencia no especifica los motivos concretos por los que Andalucía considera que este artículo es inconstitucional. Sin embargo, se puede inferir que la comunidad autónoma considera que el artículo invade competencias autonómicas en materia tributaria o que vulnera algún principio constitucional. Ley 38/2022:** La ley en su conjunto es relevante porque el artículo 3 se encuentra dentro de ella. Esta ley establece nuevos impuestos y gravámenes que han generado debate y controversia, especialmente en relación con su impacto económico y su posible invasión de competencias autonómicas. En resumen, la providencia informa sobre el inicio de un proceso judicial ante el Tribunal Constitucional para determinar si el artículo 3 de la Ley 38/2022 es conforme a la Constitución Española. La decisión final del Tribunal tendrá importantes implicaciones para el sistema tributario español y para las relaciones entre el Estado y las comunidades autónomas.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de marzo de 2023, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1258-2023, promovido por el Consejo de Gobierno de Andalucía, contra el artículo 3 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias.

Madrid, 21 de marzo de 2023.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.