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Real Decreto 994/2010, de 23 de julio, por el que se indulta a don Óscar Pérez Bidegain.

BOE-A-2010-13519·28 de agosto de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 994/2010, emitido el 23 de julio de 2010. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Óscar Pérez Bidegain, reduciendo su pena de prisión. El Real Decreto afecta directamente a Óscar Pérez Bidegain, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de intento de asesinato cometido entre 2004 y 2005. La sentencia original le impuso una pena de once años y tres meses de prisión e inhabilitación absoluta. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Concesión de Indulto Parcial: Se indultan seis meses de la pena privativa de libertad impuesta a Óscar Pérez Bidegain. Condición Suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El decreto menciona que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal antes de tomar la decisión. Autoridad Emisora: El Real Decreto es emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de prisión de un individuo condenado por intento de asesinato, pero sujeto a la condición de buena conducta futura.

Visto el expediente de indulto de don Óscar Pérez Bidegain, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección primera, en sentencia de 9 de abril de 2007, como autor de un delito intentado de asesinato, a la pena de once años y tres meses de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en los años 2004-2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de julio de 2010,

Vengo en indultar a don Óscar Pérez Bidegain seis meses de la pena privativa de libertad impuesta a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de julio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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